Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2026-S2 ECA Sucre, 5 de enero de 2026
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: Boris Wilson Arias López Acción popular
Expediente: 68310-2024-137-AP Departamento: Oruro
La enmienda de oficio de la SCP 1301/2025-S2 de 4 de noviembre, pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por Eulogio Rivera Felipe y Celia Rivera Jacaya, ambos Cacique Cobrador contra Claudio Gonzales Villca, Jilacata Cobrador; Paulina Chura Chila, Mama Thalla Mayor; y, Rubén Vizalla Estrada, Presidente del Concejo, todos del Ayllu Yanaque Ticani Chiraga del departamento de Oruro.
I. ANTECEDENTES
Dentro de la acción popular interpuesta por Eulogio Rivera Felipe y Celia Rivera Jacaya, ambos Cacique Cobrador contra Claudio Gonzales Villca, Jilacata Cobrador; Paulina Chura Chila, Mama Thalla Mayor; y, Rubén Vizalla Estrada, Presidente del Concejo, todos del Ayllu Yanaque Ticani Chiraga del departamento de Oruro. En la Sentencia que resuelve la acción de referencia, se consignó en el Fundamento Jurídico III.2., en su último párrafo "Corte Nacional Electoral"; empero, correspondía que se señale "Tribunal Supremo Electoral".
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
II.1. De la aclaración, enmienda y complementación
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