Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE AL AC 0002/2026-RCA Sucre, 14 de enero de 2026
Magistrado: Boris Wilson Arias López Acción de amparo constitucional
Expediente: 80353-2025-161-AAC Departamento: Potosí
El AC 0002/2026-RCA de 14 de enero resolvió CONFIRMAR la Resolución 100/2025 de 17 de diciembre, emitida por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí por la cual declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, al advertir que la pretensión del accionante se encontraba orientada a dejar sin efecto una ley municipal, finalidad que no puede ser perseguida a través de esta acción tutelar. En efecto, se estableció que este mecanismo no está diseñado para el control normativo, sino para la tutela de derechos fundamentales en casos concretos; máxime cuando el control de constitucionalidad de las normas debe canalizarse mediante las acciones específicas previstas para tal efecto, como la acción de inconstitucionalidad, y no a través de acciones tutelares como el amparo constitucional.
No obstante, el suscrito Magistrado no se encuentra de acuerdo con dicha decisión, en tanto no toma en cuenta la naturaleza material de la disposición impugnada. En efecto, no toda disposición formalmente denominada como ley posee contenido normativo en sentido estricto; es decir, no siempre establece reglas generales, abstractas e impersonales. Existen supuestos en los que, bajo dicha forma, se adoptan decisiones de carácter concreto, con efectos directos sobre situaciones jurídicas determinadas. En el presente caso, la Ley Municipal 502 tiene por objeto la aprobación de una planimetría específica, lo que revela un contenido eminentemente administrativo, cuyos efectos inciden de manera inmediata en derechos individuales, como la propiedad y el debido proceso.
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