Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de libertad, la accionante denunció que se dispuso su detención preventiva en base a una prueba ilícita, aspecto que fue denunciado a través del recurso de apelación, el cual fue resuelto por las autoridades ahora demandadas confirmando la decisión del juez cautelar, interponiendo posteriormente excepción de falta de acción que fue rechazada, solicitando además cesación a la detención preventiva habiendo sido fijada la audiencia para el 25 de ese mes y año. En base a estos antecedentes, alegó la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la libertad y pidió se conceda la acción y se anule todo el proceso hasta el vicio más antiguo. El Tribunal Constitucional Plurinacional, confirmó la decisión del Tribunal de Garantías y denegó la tutela por las siguientes razones: a) porque “bajo ningún justificativo la jurisdicción constitucional puede interferir en el criterio que puedan emitir los jueces para determinar la culpabilidad o no de un imputado o para decidir sobre la existencia o no del delito que se investigó, atribuciones que son exclusivas de la jurisdicción ordinaria”; b) La solicitud de cesación a la detención preventiva, se encuentra pendiente de resolución, advirtiéndose la activación paralela de la jurisdicción ordinaria y constitucional. Además, se analizó previamente la competencia de los jueces y tribunales para conocer y resolver las acciones de libertad, y en un entendimiento previsor, a pesar de no cumplirse en el caso concreto con el presupuesto de la competencia, para la denegatoria de tutela se analizó el problema jurídico planteado.
Sintesis de la ratio decidendi
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