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TCPConfirmadora

0047/2014-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: 0047/2014-S3

Proceso
Confirmadora
Sala
TCP
Año

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2014-S3

Sucre, 14 de octubre de 2014

SALA TERCERA

Magistrada Relatora: Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez

Acción de libertad

Expediente: 06682-2014-14-AL

Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 15 de 27 de marzo de 2014, cursante de fs. 39 a 43 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Christian Luna Pérez en representación sin mandato de Víctor Hugo Suárez Rocha contra Esther Estrella Montaño Ocampo, Jueza Decimosegunda de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

El accionante mediante memorial presentado el 26 de marzo de 2014, cursante de fs. 23 a 27 vta., refirió que:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal iniciado el 21 de mayo de 2011, a instancia de Norah Ela Clementiel de Gómez, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, amenazas de muerte, asociación delictuosa, allanamiento de domicilio y otros, denuncia que fue ampliada en su contra el 23 de septiembre del mismo año y el 4 de abril de 2013, siendo imputado formalmente el 23 de noviembre de 2013 y el 24 del mismo mes y año, el Juez Decimoséptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz dispuso su detención preventiva.

Por otra parte, el 20 de marzo de 2014, se realizó la audiencia de medidas cautelares del coimputado Wilfredo Llampa Cayoja, quien interpuso incidentesabsolutos en la misma, refiriendo que el 25 de octubre de 2011, se presentó imputación formal y provisional en contra de la coimputada Katherine Montaño Terrazas y conforme al art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y la SC 1036/2002-R de 29 de agosto, transcurrieron más de los seis meses de la etapa preparatoria, actuando la representante del Ministerio Público, sin control jurisdiccional constituyéndose en defecto absoluto, motivo por el cual la Jueza –ahora demandada– determinó, se anulen obrados hasta el vicio más antiguo; es decir hasta el 25 de abril de 2012 (fecha en la que concluía la etapa preparatoria), anulando la imputación y aprehensión del primer nombrado.

El 24 de marzo de 2014, en virtud a la Resolución de 20 de ese mes y año solicitó se libre el correspondiente mandamiento de libertad a su favor, pero transcurrieron más de setenta y dos horas sin que se hubiera emitido el mismo, pues al haberse anulado obrados también se dejó sin efecto su aprehensión, imputación y detención preventiva.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

El accionante a través de su representante señala como lesionados sus derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, a la justicia pronta y oportuna y a la defensa, citando al efecto los arts. 22, 23, 115, 116, 117, 119, 120 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE), arts. 8, 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y art. 7.6 del Pacto de San José de Costa Rica

I.1.3. Petitorio

Solicita se conceda la tutela, disponiendo su libertad de forma inmediata en cumplimiento de la Resolución de 20 de marzo de 2014.

I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

Celebrada la audiencia pública el 27 de marzo de 2014, según consta en el acta, cursante de fs. 35 a 39., se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, en audiencia ratificó en extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción y ampliándolo refirió que: a) La SC 1036/2002-R, indica que la etapa preparatoria conforme al art. 134 del CPP, empieza a correr desde la imputación, Katherine Montaño Terrazas es imputada el 25 de octubre de 2011, entendiéndose que la etapa preparatoria feneció el 25 de abril de 2012; b) En audiencia de medidas cautelares del coimputado Wilfredo Llampa Cayoja, la autoridad demandada mediante Resolución de 20 de marzo de 2014, dispuso la nulidad de obrados y por ende también todas las medidas cautelares debido alsegundo incidente planteado por falta de control jurisdiccional, señalando que evidentemente existen defectos absolutos; c) En el tiempo que el representante del Ministerio Público actuó sin control jurisdiccional, recolectó las declaraciones de los señores Rubén Yabeta Ramírez y José Daniel Justiniano Salvatierra, que lo involucran, pero se anuló obrados del cuaderno procesal a fs. 28 (lapso en que se encuentra la ampliación de denuncia, imputación formal y la audiencia de medidas cautelares en su contra); d) El recurso interpuesto por uno de los coimputados favorece a los demás conforme al art. 397 del CPP, por su parte la SCP 0178/2014 de 30 de enero, que es de cumplimiento obligatorio, refirió que la nulidad de un proceso penal hasta el estado previo de la imputación formal, contiene también la nulidad de la detención preventiva por ser actos secuenciales, siendo exigible la inmediata libertad de las personas; y e) El “23 de marzo de 2014”, solicitó ante la autoridad demandada se expida el mandamiento de libertad a su favor, en cumplimiento a la Resolución de 20 de marzo de 2014, pero por decreto de 25 de igual mes y año, se le indicó que “en lo principal no lugar a lo solicitado, toda vez que la nulidad de obrados fue con relación al coimputado Wilfredo Llampa Cayoja, debiendo el impetrante proceder conforme a derecho”, encontrándose en indefensión, pues no tiene ningún recurso más que acudir a la presente, encontrándose indebidamente procesado e ilegalmente detenido.

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

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