Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción popular, los accionantes, en su condición de representantes legales de una OTB denunciaron que el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo del Departamento de Cochabamba, lesionó los “derechos colectivos y difusos de su comunidad”, contenidos en los arts. 20.I y II, 30.II numerales 4, 5, 15, 16 y 17, 373.I y II, 374.I y II, 403.I y II de la CPE, por cuanto les negó incluirlos en el proyecto del sistema de agua potable de la “Comunidad Jatun Pampa” y otorgarles la coparticipación en el 50% de producción de agua potable en el proyecto, no obstante que nunca se les consultó sobre el mismo, desconociendo que su Comunidad es propietaria original de la vertiente u ojo de agua que se está utilizando para ejecutar el mencionado proyecto. El Tribunal Constitucional Plurinacional aprobó la resolución que denegó la tutela; empero, exhortó al Gobierno Municipal de Anzaldo a gestionar un programa a favor del acceso colectivo al agua potable.
Sintesis de la ratio decidendi
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