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TCPJurisprudencia precedencial relevante

0190/2012

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0190/2012

En esta acción de libertad, el accionante denuncia su aprehensión ilegal por parte del Fiscal como emergencia de una citación en la que se consignó erróneamente el nombre de la autoridad encargada de la investigación, motivo por el cual no asistió a dicha audiencia, ante lo cual la autoridad demanda...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En esta acción de libertad, el accionante denuncia su aprehensión ilegal por parte del Fiscal como emergencia de una citación en la que se consignó erróneamente el nombre de la autoridad encargada de la investigación, motivo por el cual no asistió a dicha audiencia, ante lo cual la autoridad demandada ordenó su aprehensión por lo que peticionó se ordene su inmediata libertad. Posteriormente el accionante presentó un memorial de retiro de la acción por habérsele puesto a disposición del juez cautelar, no obstante lo cual, el retiro no fue aceptado. El Tribunal Constitucional Plurinacional sin ingresar al fondo de la problemática planteada denegó la acción de libertad por subsidiariedad excepcional, dado que los supuestos actos ilegales cometidos por el Fiscal accionado, al encontrarse vinculados al derecho a la libertad física, debieron ser denunciados ante el juez cautelar contralor de la investigación. Con relación al retiro de la acción el Tribunal Constitucional Plurinacional confirmó la línea jurisprudencial que establece que el desistimiento o retiro de la acción de libertad únicamente puede ser presentado hasta antes del señalamiento de la audiencia de consideración de la acción de libertad.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Deniega la acción de libertad pero previamente con referencia a la legitimación contra centros hospitalarios establece que la misma la ostenta el Director de dichas entidades en su condición de máxima autoridad, aun cuando éste no hubiese sido el directo responsable de la indebida restricción a la libertad física o personal.

Sintesis del caso

En esta acción de libertad, el accionante denuncia su aprehensión ilegal por parte del Fiscal como emergencia de una citación en la que se consignó erróneamente el nombre de la autoridad encargada de la investigación, motivo por el cual no asistió a dicha audiencia, ante lo cual la autoridad demandada ordenó su aprehensión por lo que peticionó se ordene su inmediata libertad. Posteriormente el accionante presentó un memorial de retiro de la acción por habérsele puesto a disposición del juez cautelar, no obstante lo cual, el retiro no fue aceptado. El Tribunal Constitucional Plurinacional sin ingresar al fondo de la problemática planteada denegó la acción de libertad por subsidiariedad excepcional, dado que los supuestos actos ilegales cometidos por el Fiscal accionado, al encontrarse vinculados al derecho a la libertad física, debieron ser denunciados ante el juez cautelar contralor de la investigación. Con relación al retiro de la acción el Tribunal Constitucional Plurinacional confirmó la línea jurisprudencial que establece que el desistimiento o retiro de la acción de libertad únicamente puede ser presentado hasta antes del señalamiento de la audiencia de consideración de la acción de libertad.

Descriptores

Primera setencia confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional0190/2012Fuente oficial