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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0236/2019-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0236/2019-S2

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra las ahora accionantes, por la presunta comisión del delito de robo agravado, la Jueza hoy demandada, por Resolución pronunciada en audiencia de procedimiento abreviado, rechazó el requerimiento fiscal del Ministerio Público de salida al...

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra las ahora accionantes, por la presunta comisión del delito de robo agravado, la Jueza hoy demandada, por Resolución pronunciada en audiencia de procedimiento abreviado, rechazó el requerimiento fiscal del Ministerio Público de salida alternativa de procedimiento abreviado en favor de las imputadas, Resolución judicial que a decir de las impetrantes de tutela, lesiona su derecho a la libertad y al debido proceso, así como a los principios de igualdad y favorabilidad.

Sintesis de la ratio decidendi

Se denegó la acción de libertad, al no ser el rechazo de la Jueza demandada al requerimiento conclusivo del Ministerio Público, en relación a la aplicación de medida alternativa de procedimiento abreviado, un hecho directamente vinculado con la libertad de los ahora accionantes.

Extracto de la ratio decidendi

F.J.III.2. “En esa línea, en el caso de autos se tiene que el rechazo de la Jueza demandada al requerimiento conclusivo del Ministerio Público, en relación a la aplicación de medida alternativa de procedimiento abreviado, no es un hecho jurídico directamente vinculado con la libertad de las ahora accionantes; toda vez que, la Resolución de 27 de diciembre de 2018, por la que la autoridad judicial rechazó dicho petitorio, responde a los parámetros establecidos en los arts. 373 y 374 del CPP, de lo cual en mérito a lo indicado en la Conclusión II.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se colige que la causa principal de restricción a la libertad de las demandantes de tutela es la imposición de su detención preventiva en virtud a una Resolución de aplicación de medidas cautelares, siendo esta decisión judicial la causa principal de su reclusión; motivo por el cual, conforme a lo manifestado en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, de la interpretación del art. 125 de la CPE, este Tribunal entiende que la vía idónea para la reclamación del indicado derecho fundamental no es la acción de libertad, no pudiendo mediante este mecanismo evaluar y considerar la conculcación del alegado procesamiento indebido en el caso de autos”.

Texto de la resolucion

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2019-S2

Sucre, 15 de mayo de 2019

SALA SEGUNDA

Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano

Acción de libertad

Expediente: 27013-2019-5-AL

Departamento: Cochabamba

En revisión la Resolución 22/2018 de 28 de diciembre, cursante de fs. 40 a 43, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Paola Andrea Quiroga Torrico y Daniela Dary Rivera Vargas contra Sandra Margarita Parra Flores, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Cochabamba.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2018, cursante de fs. 4 a 5 vta., las accionantes expresaron lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Guardan detención preventiva en el Centro Penitenciario San Sebastián Mujeres de la ciudad de Cochabamba, dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado, el 16 de noviembre de 2018, solicitaron la aplicación de una salida alternativa, como es el procedimiento abreviado, establecido en los arts. 373 y 374 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con el objeto de beneficiarse con la suspensión condicional de la pena, permitido por el art. 366 del CPP, a cuyo efecto el Ministerio Público presentó requerimiento conclusivo estableciendo el grado de participación que tuvieron.

Sin embargo, el 27 de diciembre de 2018, la Jueza a cargo del proceso, mediante Resolución emitida en esa oportunidad, negó rotundamente la aceptación del procedimiento abreviado, indicando que su participación no estaba individualizada en el referido requerimiento, lo que no es evidente, por cuanto si bien es una facultad del juez o tribunal, conceder o no la suspensión condicional de la pena,resulta engañoso para el imputado o lo induce a error, al creer que de acogerse al proceso abreviado, se beneficiarían con la suspensión condicional de la pena, por lo que consideran que se encuentran indebidamente privadas de su libertad.

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

Aducen la lesión de su derecho a la libertad, al debido proceso y a los principios de igualdad y favorabilidad, citando al efecto los arts. 23, 24, 115, 116, 125 y 203 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitan se les conceda la tutela que impetran, y se les restituya la libertad.

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Celebrada la audiencia pública para considerar la presente acción de libertad, el 28 de diciembre de 2018, según consta en el acta cursante a fs. 39 y vta., produciéndose los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante a través de su abogado, ratificó in extenso el contenido íntegro de su memorial de acción de libertad.

En audiencia, aclaró que el requerimiento fiscal era por tres años y no dos como señala el informe de la autoridad demandada.

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

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Ratio decidendi

Se denegó la acción de libertad, al no ser el rechazo de la Jueza demandada al requerimiento conclusivo del Ministerio Público, en relación a la aplicación de medida alternativa de procedimiento abreviado, un hecho directamente vinculado con la libertad de los ahora accionantes.

Sintesis del caso

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra las ahora accionantes, por la presunta comisión del delito de robo agravado, la Jueza hoy demandada, por Resolución pronunciada en audiencia de procedimiento abreviado, rechazó el requerimiento fiscal del Ministerio Público de salida alternativa de procedimiento abreviado en favor de las imputadas, Resolución judicial que a decir de las impetrantes de tutela, lesiona su derecho a la libertad y al debido proceso, así como a los principios de igualdad y favorabilidad.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional0236/2019-S2Fuente oficial