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TCPJurisprudencia precedencial relevante

0236/2021-S1

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0236/2021-S1

El accionante a través de su abogado, en la presente acción tutelar, alega como vulnerado su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal en su contra, por la presunta comisión del delito de robo, se emitió el correspondiente mandamiento de libertad a su favor; sin embargo, Luis Fer...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante a través de su abogado, en la presente acción tutelar, alega como vulnerado su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal en su contra, por la presunta comisión del delito de robo, se emitió el correspondiente mandamiento de libertad a su favor; sin embargo, Luis Fernando Céspedes Pinaya, Director del Recinto Penitenciario de Palmasola de Santa Cruz, se niega a cumplir con dicha orden. Bajo ese antecedente, ante el incumplimiento del referido mandamiento, interpuso la acción de libertad el 10 de agosto de 2020, contra dicha autoridad, recurso que fue admitido por la Jueza –hoy demandada–, quien de forma negligente no señaló la audiencia dentro las veinticuatro horas, y de forma maliciosa e intempestiva suspendió la misma, bajo el argumento de que no se dejaron los recaudos para la notificación. Con referencia a la Secretaria y Oficial de Diligencias del referido Juzgado –hoy codemandadas– la primera, porque, no ordenó la notificación de todos los sujetos procesales para el desarrollo de la acción de libertad, y la segunda por no cumplir con la notificación a la autoridad demandada.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Se concedió la acción de libertad, ante el incumplimiento del plazo en el señalamiento de la audiencia y la suspensión de la misma por falta de notificación a la autoridad demandada, es evidente la existencia de dilación conducente a la activación de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho.

Sintesis del caso

El accionante a través de su abogado, en la presente acción tutelar, alega como vulnerado su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal en su contra, por la presunta comisión del delito de robo, se emitió el correspondiente mandamiento de libertad a su favor; sin embargo, Luis Fernando Céspedes Pinaya, Director del Recinto Penitenciario de Palmasola de Santa Cruz, se niega a cumplir con dicha orden. Bajo ese antecedente, ante el incumplimiento del referido mandamiento, interpuso la acción de libertad el 10 de agosto de 2020, contra dicha autoridad, recurso que fue admitido por la Jueza –hoy demandada–, quien de forma negligente no señaló la audiencia dentro las veinticuatro horas, y de forma maliciosa e intempestiva suspendió la misma, bajo el argumento de que no se dejaron los recaudos para la notificación. Con referencia a la Secretaria y Oficial de Diligencias del referido Juzgado –hoy codemandadas– la primera, porque, no ordenó la notificación de todos los sujetos procesales para el desarrollo de la acción de libertad, y la segunda por no cumplir con la notificación a la autoridad demandada.

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Tribunal Constitucional Plurinacional0236/2021-S1Fuente oficial