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TCP

0261/2026-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
23 de marzo de 2026SALA TERCERA

Sentencia 0261/2026-S3

Proceso
Sala
SALA TERCERA
Año
2026

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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2026-S3 Sucre, 23 de marzo de 2026

SALA TERCERA Magistrado Relator: Ángel Edson Dávalos Rojas Acción de libertad

Expediente: 58594-2023-118-AL Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 14/23 de 22 de septiembre, cursante de fs. 34 a 37 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Oscar Eduardo Semo Guasase, Luis René Alejandro Sauciri Urrelo y René Sauciri Choque en representación sin mandato de Roberto Carlos García Cuellar contra Rosa Flores Cruz, Fiscal de Materia.

I. OBJETO PROCESAL

El accionante denuncia la lesión de su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de violación a infante, niña, niño y adolescente; el 20 de septiembre de 2023, se apersonó libremente a prestar su declaración informativa; y, posteriormente sin resolución fiscal fundamentada por escrito, se le privó de su libertad, sin justificación; por lo que, solicita se le conceda la tutela y se otorgue su inmediata libertad.

La Fiscal demandada a través de informe cursante de fs. 10 a 12 vta., refirió que: a) El 11 de mayo de 2023, se formalizó denuncia contra el accionante por la comisión del delito de violación de infante, niña, niño y adolescente; b) El 11 de septiembre del indicado año, debía desarrollarse la declaración informativa del imputado; sin embargo, no se hizo presente pese a su legal notificación; posteriormente, solicitó nuevo señalamiento, fijándose para el 20 de septiembre de ese año a horas 10:00; y, c) Con la facultad otorgada por el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), emitió mandamiento de aprehensión, que fue puesta a conocimiento del Juez de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, quien es el responsable del control jurisdiccional; por lo que, existiendo control jurisdiccional, previamente a acudir a la vía constitucional debió activar los mecanismos ordinarios correspondientes.

El Juez de Pérdida de Dominio Primero de la Capital del Departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 14/23 de 22 de septiembre, cursante de fs. 34 a 37 vta., denegó la tutela solicitada bajo el argumento, que el 7 de julio de 2023, se presentó inicio de investigación contra el accionante ante el Juzgado Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz; por lo que, al existir control jurisdiccional dentro del proceso penal seguido contra el accionante, debió acudir ante esa autoridad.

En consecuencia, corresponde en revisión, determinar si tales argumentos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.

II. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

Mediante Acuerdo Jurisdiccional de Sala Plena TCP-SP-003/2025-II de 26 de noviembre, se dispuso la reconformación de Salas del Tribunal Constitucional Plurinacional, en cumplimiento a dicha determinación, la Comisión de Admisión de este Tribunal, procedió al sorteo de la presente causa.

Asimismo, conforme al Acuerdo Jurisdiccional de Sala Plena TCP-SP 008/2026 de 11 de marzo, en el marco del Plan Piloto de Descongestionamiento Procesal, este Tribunal Constitucional Plurinacional estableció el uso obligatorio del Formato Corto de Resolución de Sentencias Constitucionales, aprobado en reunión de Sala Plena de 14 de enero de 2026, para todas las causas comprendidas en el referido Plan.

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

III.1 La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad frente a actos supuestamente ilegales cometidos por el Ministerio Público y/o funcionarios de la Policía Boliviana

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Tribunal Constitucional Plurinacional23 de marzo de 20260261/2026-S3Fuente oficial