Texto del fallo
Sintesis del caso
Dentro de una acción de libertad, el accionante sostuvo que los particulares demandados amenazaron su derecho a la vida y al de su familia, así como su derecho a la libre locomoción, por cuanto emitieron un Voto Resolutivo por el que se decidió su expulsión y la de su familia de la organización “Unidad y Fortaleza”, ordenando que, si oponían resistencia, se usara la violencia, se destruyera y quemara su vivienda, así como sus pertenencias, y se los agrediera con piedras, palos, dinamitas, petardos, sin medir ninguna consecuencia, ignorando que por su discapacidad no puede defenderse; por lo que, ante dichas amenazas no salen de su vivienda por temor. El Tribunal Constitucional Plurinacional revocó la resolución revisada y concedió la tutela, analizando previamente la subsidiariedad de la acción de libertad.
Sintesis de la ratio decidendi
Concede la acción de libertad, empero, establece previamente que procede la presentación directa de la acción de libertad por vías de hecho de particulares, en el marco de la subsidiariedad excepcional que rige a esta acción de defensa.
Extracto de la ratio decidendi
FJ. III.2. “(…) frente a vías de hecho de particulares; es decir, acciones que no tienen ningún respaldo en el derecho -sea del sistema ordinario o indígena originario campesino-, que se encuentren debidamente acreditas y se originen en una situación de desventaja del accionante respecto al demandado, con un claro abuso de poder, no corresponde denegar la tutela solicitada por subsidiariedad, en virtud, precisamente, a la ilegitimidad de dichos actos que no tienen ningún respaldo legal y menos constitucional” .
Precedentes
FJ. III.2. “(…) frente a vías de hecho de particulares; es decir, acciones que no tienen ningún respaldo en el derecho -sea del sistema ordinario o indígena originario campesino-, que se encuentren debidamente acreditas y se originen en una situación de desventaja del accionante respecto al demandado, con un claro abuso de poder, no corresponde denegar la tutela solicitada por subsidiariedad, en virtud, precisamente, a la ilegitimidad de dichos actos que no tienen ningún respaldo legal y menos constitucional”.
Titulacion jurisprudencial
Procede la presentación directa de la acción de libertad y de las demás acciones de defensa por vías de hecho de particulares.
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