Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la propiedad, a la posesión, a la vivienda, a la dignidad, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la igualdad jurídica, pues: a) La Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca -hoy codemandada-, no obstante los antecedentes del incidente de levantamiento de anotación preventiva de su inmueble, negó resolver en el fondo el mismo, ratificando la anotación preventiva mediante Auto de 6 de septiembre de 2015; y, b) Habiendo recurrido este Auto en apelación, los Vocales de la Sala Penal Segunda -integrada por los Vocales ahora demandados-, rechazaron su recurso, por supuesta ausencia de legitimación para interponer el mismo al no ser parte del proceso penal, ello sin la debida fundamentación y motivación, y sin tomar en cuenta que si bien no es parte del proceso penal, es el inmueble de su propiedad -adquirido vía venta judicial- el que se halla con anotación preventiva, y que viene reclamando dicho levantamiento por casi tres años, por lo que tiene derecho a intervenir como tercer interesado. Además que con dicho rechazo ratifican la ilegal anotación preventiva.
Sintesis de la ratio decidendi
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