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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0303/2017-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0303/2017-S3

El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la propiedad, a la posesión, a la vivienda, a la dignidad, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la igualdad jurídica, pues: a) La Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del depa...

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la propiedad, a la posesión, a la vivienda, a la dignidad, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la igualdad jurídica, pues: a) La Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca -hoy codemandada-, no obstante los antecedentes del incidente de levantamiento de anotación preventiva de su inmueble, negó resolver en el fondo el mismo, ratificando la anotación preventiva mediante Auto de 6 de septiembre de 2015; y, b) Habiendo recurrido este Auto en apelación, los Vocales de la Sala Penal Segunda -integrada por los Vocales ahora demandados-, rechazaron su recurso, por supuesta ausencia de legitimación para interponer el mismo al no ser parte del proceso penal, ello sin la debida fundamentación y motivación, y sin tomar en cuenta que si bien no es parte del proceso penal, es el inmueble de su propiedad -adquirido vía venta judicial- el que se halla con anotación preventiva, y que viene reclamando dicho levantamiento por casi tres años, por lo que tiene derecho a intervenir como tercer interesado. Además que con dicho rechazo ratifican la ilegal anotación preventiva.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Se llama la atención a la jueza de garantías, siendo que se tiene señalado que la presente causa se establece la suspensión de plazo procesal por vacación judicial colectiva, siendo que la jueza de garantías debió haber remitido ante el juzgado de turno correspondiente la presente acción para su prosecución y consecuente resolución.

Sintesis del caso

El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la propiedad, a la posesión, a la vivienda, a la dignidad, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la igualdad jurídica, pues: a) La Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca -hoy codemandada-, no obstante los antecedentes del incidente de levantamiento de anotación preventiva de su inmueble, negó resolver en el fondo el mismo, ratificando la anotación preventiva mediante Auto de 6 de septiembre de 2015; y, b) Habiendo recurrido este Auto en apelación, los Vocales de la Sala Penal Segunda -integrada por los Vocales ahora demandados-, rechazaron su recurso, por supuesta ausencia de legitimación para interponer el mismo al no ser parte del proceso penal, ello sin la debida fundamentación y motivación, y sin tomar en cuenta que si bien no es parte del proceso penal, es el inmueble de su propiedad -adquirido vía venta judicial- el que se halla con anotación preventiva, y que viene reclamando dicho levantamiento por casi tres años, por lo que tiene derecho a intervenir como tercer interesado. Además que con dicho rechazo ratifican la ilegal anotación preventiva.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional0303/2017-S3Fuente oficial