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TCPJurisprudencia precedencial relevante

0353/2012

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0353/2012

En esta acción de amparo constitucional, la accionante sostuvo que se vulneraron sus derechos de petición, al trabajo y a una remuneración o salario justo, debido a que luego de un proceso de selección de personal, obtuvo la mejor calificación para el cargo de Profesional III-A en el SIN; sin embarg...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En esta acción de amparo constitucional, la accionante sostuvo que se vulneraron sus derechos de petición, al trabajo y a una remuneración o salario justo, debido a que luego de un proceso de selección de personal, obtuvo la mejor calificación para el cargo de Profesional III-A en el SIN; sin embargo, fue designada en el SIN como Fiscalizadora, cargo distinto al cual postuló; no obstante aquello, cumplió las funciones que le fueron encomendadas por cinco días continuos, hasta que la Jefatura de Personal, le instruyó que suspendiera el marcado del registro de ingreso y salida, en el entendido que su memorando de designación no se encontraba debidamente firmado, aspecto que fue reclamado mediante carta notariada, misma que fue reiterada ante el Presidente Ejecutivo del SIN el 25 del citado mes y año, sin que obtuviera respuesta alguna, ilegalidades cometidas por la Directora Regional que se extienden al hecho de no haberle cancelado los cinco días trabajados. El Tribunal Constitucional revocó la concesión de la tutela, pero antes analizó la participación de la Procuraduría del Estado como tercero interesado.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Deniega la acción de amparo constitucional, pero antes analizó la participación de la Procuraduría General del Estado como tercero interesado, estableciendo que no tiene esa calidad en las acciones de defensa cuando no es parte procesal directa en la causa que dio origen a la activación del control tutelar de constitucionalidad.

Sintesis del caso

En esta acción de amparo constitucional, la accionante sostuvo que se vulneraron sus derechos de petición, al trabajo y a una remuneración o salario justo, debido a que luego de un proceso de selección de personal, obtuvo la mejor calificación para el cargo de Profesional III-A en el SIN; sin embargo, fue designada en el SIN como Fiscalizadora, cargo distinto al cual postuló; no obstante aquello, cumplió las funciones que le fueron encomendadas por cinco días continuos, hasta que la Jefatura de Personal, le instruyó que suspendiera el marcado del registro de ingreso y salida, en el entendido que su memorando de designación no se encontraba debidamente firmado, aspecto que fue reclamado mediante carta notariada, misma que fue reiterada ante el Presidente Ejecutivo del SIN el 25 del citado mes y año, sin que obtuviera respuesta alguna, ilegalidades cometidas por la Directora Regional que se extienden al hecho de no haberle cancelado los cinco días trabajados. El Tribunal Constitucional revocó la concesión de la tutela, pero antes analizó la participación de la Procuraduría del Estado como tercero interesado.

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Fundadora
Tribunal Constitucional Plurinacional0353/2012Fuente oficial