Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de amparo constitucional, el accionante sostiene que los vocales demandados lesionaron sus derecho al trabajo, a una remuneración justa, equitativa y satisfactoria y al debido proceso, debido a que regularon sus honorarios profesionales como abogados, emergentes de un proceso ejecutivo, en un monto incongruente con el Arancel Mínimo del ICAP, con el argumento que dicho Arancel ya no se encuentra en vigencia en virtud de lo dispuesto por el DS 0100. El Tribunal Constitucional Plurinacional aprobó la resolución del Tribunal de garantías que concedió la tutela, por cuanto no puede utilizarse el argumento que el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales del Ilustre Colegio de Abogados de La Paz ya no se encontraba en vigencia en virtud de lo dispuesto por el DS 0100, para dejar a dichos profesionales desprovistos de una regulación de honorarios por sus servicios prestados, por cuanto el vacío procesal normativo, no puede ser empleado en detrimento de los titulares del derecho porque constituiría una afectación directa a una remuneración justa.
Sintesis de la ratio decidendi
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