Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de amparo constitucional, los accionantes denunciaron que los ex jueces de partido en lo civil y comercial demandados vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la seguridad jurídica y a la propiedad, por cuanto dentro de un proceso ejecutivo seguido en su contra y otra, emergente de la ejecución de una escritura pública de conciliación, reconocimiento de obligación con intereses y garantía hipotecaria suscrita dentro de un proceso penal por el supuesto delito de giro de cheque en descubierto, se cometieron una serie de irregularidades y se incumplieron normas procesales expresas como: a) El art. 491 del CPC, toda vez que no se examinó el título base de la acción ejecutiva, especialmente respecto a Julieta Ugarte Palacios, debido a que ésta no suscribió la escritura pública base de la ejecución y si bien en dicho documento la obligación está garantizada con un bien inmueble de su propiedad, esa cláusula es inválida, porque fue otorgado por María Casta Ugarte de León sin tener poder expreso para hacerlo; b) Se anuló el Auto de concesión del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia con el argumento de que el recurso fue presentado fuera del término, declarando ejecutoriada la sentencia. El Tribunal Constitucional Plurinacional aprobó la resolución que denegó la tutela, analizando previamente la legitimación pasiva de las autoridades judiciales demandadas
Sintesis de la ratio decidendi
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