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TCP

0443/2026-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
25 de marzo de 2026SALA SEGUNDA

Sentencia 0443/2026-S2

Proceso
Sala
SALA SEGUNDA
Año
2026

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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2026-S2 Sucre, 25 de marzo de 2026

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: Boris Wilson Arias López Acción de libertad

Expediente: 53884-2023-108-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 45/2023 de 24 de febrero, cursante de fs. 25 a 26, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Vania Leonor Mercado Tórrez en representación sin mandato de Guido Abner Guachalla Acarapi contra Rocío Greys Salazar Villanueva, Jueza; Janneth Lourdes Pari Vásquez, Secretaria; y, Lenny Aydee Foronda Urquizo, Auxiliar todas del Juzgado de Sentencia contra la Violencia hacia las Mujeres Tercero de El Alto del departamento de La Paz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 23 de febrero de 2023, cursante de fs. 1 a 2 vta., el accionante, a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es víctima de un ilegal e indebido procesamiento dentro de la causa penal seguida en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; no brindó más detalles de la relación de hechos, pues refirió que, se "...RESERV[a] EL DERECHO DE EXPONER LOS ANTECEDENTES" (sic).

I.1.2. Derecho y principio supuestamente vulnerados

Denunció la lesión de su derecho al debido proceso y el principio de seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

No consignó petitorio alguno; sin embargo, se entiende que solicitó su libertad.

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Celebrada la audiencia virtual el 24 de febrero de 2023, según consta en el acta cursante a fs. 24 y vta., se produjeron los siguientes actuados: I.2.1. Ratificación de la acción

La peticionante de tutela ni su abogado se hicieron presente en la audiencia de garantías, pese a su citación cursante a fs. 4.

I.2.2. Informe de la parte demandada

Rocío Greys Salazar Villanueva, Jueza de Sentencia contra la Violencia hacia las Mujeres Tercera de El Alto del departamento de La Paz, mediante informe escrito cursante de fs. 20 a 21, solicitó se deniegue la tutela impetrada, manifestando que: a) Se encuentra en conocimiento de la causa penal seguida contra el accionante -sobre la cual realizó una relación de actuaciones procesales que se desarrollaron en la misma-; y, b) El 23 del aludido mes y año, el impetrante de tutela planteó otra acción de libertad contra su persona, en la cual, el Juez de garantías de ese momento denegó la tutela impetrada.

Janneth Lourdes Pari Vásquez, Secretaria del Juzgado de Sentencia contra la Violencia hacia las Mujeres Tercera de El Alto del departamento de La Paz, mediante informe escrito cursante a fs. 22 y vta., solicitó se deniegue la tutela, señalando que no se estableció de qué manera su persona amenazó, restringió o vulneró el derecho a la libertad del accionante o cómo se efectuó el procesamiento indebido, siendo que cumplió con todas las obligaciones establecidas en la Ley del Órgano Judicial.

Lenny Aydee Foronda Urquizo, Auxiliar del Juzgado de Sentencia contra la Violencia hacia las Mujeres Tercera de El Alto del departamento de La Paz, por informe escrito cursante a fs. 23, manifestó que, dentro del proceso penal seguido en contra el accionante, brindó toda la atención requerida por las partes.

I.2.3. Resolución

El Juez de Sentencia Anticorrupción Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, a través de Resolución 45/2023 de 24 de febrero, cursante de fs. 25 a 26, denegó la tutela solicitada, sosteniendo que, la acción de libertad presentada no cuenta con el marco fáctico relacionado con la conducta que habría desplegado la parte demandada, situación que impide realizar un análisis y valoración.

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

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Tribunal Constitucional Plurinacional25 de marzo de 20260443/2026-S2Fuente oficial