Texto del fallo
Sintesis del caso
El representante legal de la empresa accionante, expresa que se vulneraron los derechos invocados en la acción de amparo constitucional, debido a que la Caja Petrolera de Salud efectuó el control de obligaciones referentes al seguro social a corto plazo desde la 2006 hasta el 2010, estableciendo una supuesta deuda a favor de esa entidad a través de una nota de aviso y carta de remisión de la misma, en la cual se detalló las observaciones realizadas. Habiendo el Tribunal de Garantías declarado la improcedencia y en impugnación revocado la Comisión de admisión disponiendo se admita la causa. Los Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, en uso de la facultad de autocorrección procesal rencausaron procedimiento, denegando la tutela por existencia de subsidiariedad; dado que, verificaron el error procesal de la Comisión de Admisión al revocar indebidamente el rechazo del Tribunal de Garantías y disponer que se admita la causa, cuando aún no estaba agotada la vía, lo que originó que se emita la Resolución venida en revisión que concedió la tutela.
Sintesis de la ratio decidendi
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