Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de libertad, la accionante sostuvo que la autoridad judicial demandada lesionó sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, a la contradicción, a la oralidad, a la publicidad; y al principio de legalidad, por cuanto dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, sin considerar que la Resolución que dispuso la cesación de la detención preventiva se encontraba en grado de apelación, que no se convocó a una audiencia expresa para tal efecto y que no se encontraba presente la accionante y menos su defensa, incumpliendo así el procedimiento señalado en el art. 247 del CPP. El Tribunal Constitucional Plurinacional aprobó la resolución que concedió la tutela con el argumento que se lesionó el derecho a la defensa de la accionante al haberse revocado las medidas sustitutivas en su ausencia y sin la presencia de su abogado, además de no haber sido notificada con la Resolución de revocatoria para que pueda impugnarla. Adicionalmente, el Tribunal se pronunció sobre la presentación oral de la acción de libertad.
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