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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0696/2016-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0696/2016-S3

Se deniega la acción de libertad por no existir procesamiento indebido, toda vez que la denuncia del accionante con relación a que fue sometido a agresiones físicas y a una indebida privación de su libertad por los particulares ahora codemandados así como cuestiona la conducta del funcionario polici...

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis de la ratio decidendi

Se deniega la acción de libertad por no existir procesamiento indebido, toda vez que la denuncia del accionante con relación a que fue sometido a agresiones físicas y a una indebida privación de su libertad por los particulares ahora codemandados así como cuestiona la conducta del funcionario policial que a partir de la violencia ejercida por los particulares, generó elementos probatorios en su contra, debieron de ser puestas a conocimiento del Juez Público Mixto e Instrucción en lo Penal Primero de Sica Sica del departamento de La Paz -hoy demandado-, quien resulta ser la autoridad encargada del control jurisdiccional del proceso investigativo penal, Por otro lado la actuación del Fiscal de Materia respecto a la alegada falta de viabilización a su solicitud de inspección ocular y reconstrucción del hecho, carecen de vinculación directa con el derecho a la libertad del accionante, al no operar como causa directa de su restricción o supresión y tampoco se constató que se encuentre en absoluto estado de indefensión.

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Ratio decidendi

Se deniega la acción de libertad por no existir procesamiento indebido, toda vez que la denuncia del accionante con relación a que fue sometido a agresiones físicas y a una indebida privación de su libertad por los particulares ahora codemandados así como cuestiona la conducta del funcionario policial que a partir de la violencia ejercida por los particulares, generó elementos probatorios en su contra, debieron de ser puestas a conocimiento del Juez Público Mixto e Instrucción en lo Penal Primero de Sica Sica del departamento de La Paz -hoy demandado-, quien resulta ser la autoridad encargada del control jurisdiccional del proceso investigativo penal, Por otro lado la actuación del Fiscal de Materia respecto a la alegada falta de viabilización a su solicitud de inspección ocular y reconstrucción del hecho, carecen de vinculación directa con el derecho a la libertad del accionante, al no operar como causa directa de su restricción o supresión y tampoco se constató que se encuentre en absoluto estado de indefensión.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional0696/2016-S3Fuente oficial