Texto del fallo
Sintesis de la ratio decidendi
Se deniega la acción de libertad por no existir procesamiento indebido, toda vez que la denuncia del accionante con relación a que fue sometido a agresiones físicas y a una indebida privación de su libertad por los particulares ahora codemandados así como cuestiona la conducta del funcionario policial que a partir de la violencia ejercida por los particulares, generó elementos probatorios en su contra, debieron de ser puestas a conocimiento del Juez Público Mixto e Instrucción en lo Penal Primero de Sica Sica del departamento de La Paz -hoy demandado-, quien resulta ser la autoridad encargada del control jurisdiccional del proceso investigativo penal, Por otro lado la actuación del Fiscal de Materia respecto a la alegada falta de viabilización a su solicitud de inspección ocular y reconstrucción del hecho, carecen de vinculación directa con el derecho a la libertad del accionante, al no operar como causa directa de su restricción o supresión y tampoco se constató que se encuentre en absoluto estado de indefensión.
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