Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, de locomoción a la defensa y al debido proceso en sus elementos de motivación y congruencia; debido a que las autoridades demandadas, al emitir el Auto de Vista de 17 de abril de 2018, mediante el cual revocaron parcialmente el Auto Interlocutorio de 28 de enero del mismo año y le impusieron la medida cautelar de detención preventiva, obviando considerar que la víctima interpuso apelación incidental, sin haber sido notificada con la resolución materia de impugnación y luego de haber transcurrido más de un mes desde su pronunciamiento; dictaron el Auto de Vista después de tres meses de emitido el Auto Interlocutorio que le otorgó medidas sustitutivas, generándole una incertidumbre que impidió su asistencia a la audiencia de apelación incidental y a ejercer su derecho a la defensa material y técnica; desconocieron el principio de favorabilidad, toda vez que más allá de establecer falencias en la documentación presentada, no consideraron que fue aprehendido un día viernes y que la audiencia de medidas cautelares tuvo lugar el día domingo impidiéndole proveer prueba
Sintesis de la ratio decidendi
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