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TCPJurisprudencia precedencial relevante

0850/2013

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0850/2013

En esta acción de inconstitucionalidad concreta promovida por la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental- a instancia del accionante, se demandó la inconstitucionalidad del art. 157 del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, y de los parágrafos IV, VI inc...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En esta acción de inconstitucionalidad concreta promovida por la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental- a instancia del accionante, se demandó la inconstitucionalidad del art. 157 del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, y de los parágrafos IV, VI inc. f) y IX de la "Guía para la Verificación y Valoración de la Función Económica Social Cuando Existen Indicios o Denuncias de la Existencia de las Relaciones Servidumbrales, Trabajo Forzoso y Formas Análogas", aprobada por la Resolución Biministerial 005/2007 de 14 de noviembre, se demandó dicha norma por ser presuntamente contrarios a los arts. 8, 13, 109.II, 115.II, 117, 119, 120.I, 180.I, 397 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE). El Tribunal Constitucional Plurinacional, declaró la constitucionalidad de las normas impugnadas, por cuanto no evidenció una discriminación irrazonable o arbitraria por parte del Constituyente, ni de la norma reglamentaria (del art. 157 del DS 29215), al establecer que en tierras donde existen relaciones servidumbrales se dispondrá la reversión por incumplimiento de la función económico social.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Declara la constitucionalidad del art. 157 del DS 29215, y de los parágrafos VI inc. f) y IX de la "Guía para la Verificación y Valoración de la Función Económica Social Cuando Existen Indicios o Denuncias de la Existencia de las Relaciones Servidumbrales, Trabajo Forzoso y Formas Análogas", aprobada por la Resolución Biministerial 005/2007 de 14 de noviembre, por cuanto, después de realizar el test de igualdad, se concluyó que el régimen del trabajo agropecuario y el régimen de trabajo urbano no son regímenes equiparables en el que los empleadores de uno y otro puedan ser analizados de la misma manera, en ese marco no evidenció una discriminación irrazonable o arbitraria por parte del Constituyente, ni de la norma reglamentaria (del art. 157 del DS 29215), al establecer que en tierras donde existen relaciones servidumbrales se dispondrá la reversión por incumplimiento de la función económico social lo que no implica que en otras relaciones laborales el Estado no esté obligado a adoptar medidas para eliminar el esclavismo, toda forma de relación servidumbral o el trabajo forzado.

Sintesis del caso

En esta acción de inconstitucionalidad concreta promovida por la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental- a instancia del accionante, se demandó la inconstitucionalidad del art. 157 del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, y de los parágrafos IV, VI inc. f) y IX de la "Guía para la Verificación y Valoración de la Función Económica Social Cuando Existen Indicios o Denuncias de la Existencia de las Relaciones Servidumbrales, Trabajo Forzoso y Formas Análogas", aprobada por la Resolución Biministerial 005/2007 de 14 de noviembre, se demandó dicha norma por ser presuntamente contrarios a los arts. 8, 13, 109.II, 115.II, 117, 119, 120.I, 180.I, 397 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE). El Tribunal Constitucional Plurinacional, declaró la constitucionalidad de las normas impugnadas, por cuanto no evidenció una discriminación irrazonable o arbitraria por parte del Constituyente, ni de la norma reglamentaria (del art. 157 del DS 29215), al establecer que en tierras donde existen relaciones servidumbrales se dispondrá la reversión por incumplimiento de la función económico social.

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Tribunal Constitucional Plurinacional0850/2013Fuente oficial