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TCPJurisprudencia precedencial relevante

0874/2014

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0874/2014

En el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado por autoridades de la Jurisdicción Campesina de Zongo ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, se conflicto la competencia porque los hechos que se discuten en este proceso vinculados con los presuntos delitos de robo agra...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado por autoridades de la Jurisdicción Campesina de Zongo ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, se conflicto la competencia porque los hechos que se discuten en este proceso vinculados con los presuntos delitos de robo agravado, daño calificado, asociación delictuosa, allanamiento de domicilio, amenazas y lesiones, emergen de decisiones propias de la comunidad cuya definición y ejecución es de competencia exclusiva de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina de Zongo. El Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, rechazó la excepción de incompetencia presentada y dispuso la detención preventiva de los procesados y una vez conflictuada la competencia y remitidos los antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional, esta instancia, declaró competente a las autoridades indígena originario campesinas de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina de Zongo, para conocer y resolver el asunto planteado a través de sus instancias y procedimientos propios y dispuso que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, se inhiba del conocimiento del proceso y remita antecedentes a las autoridades de la Central Agraria Campesina del sector Zongo y la Federación Departamental Única de Trabajadores Indígena Originario Campesinos de la Provincia Murillo. Asimismo, se ordena que las autoridades de la Central Agraria Campesina del sector Zongo y la Federación Departamental Única de Trabajadores Indígena Originario Campesino de la provincia Murillo, retomen el diálogo y resolución final del conflicto con José Oscar Bellota Cornejo, para que retome la armonía y el equilibrio en las comunidades de Zongo e informen a este Tribunal, a través de la Unidad de Coordinación del Tribunal Constitucional Plurinacional del Departamento de La Paz, en el plazo de tres meses, sin perjuicio de las visitas que este Tribunal pueda ordenar a través de la Unidad de Descolonización. Asimismo, se dispuso que la Unidad de Descolonización del Tribunal Constitucional Plurinacional realice la traducción de la sentencia al aymara. Las razones de la sentencia fueron las siguientes: Que José Oscar Bellota Cornejo fue expulsado de la Comunidad, decisión que emergió de la aplicación de las normas y procedimientos de la Central Agraria y Campesina del Sector de Zongo y que tal como lo estableció el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la Declaración Constitucional Plurinacional 0006/2013, en un análisis de la temática desde el modelo constitucional vigente, se determinó la aplicabilidad de la decisión comunal de expulsión y desalojo y se estableció además que esta decisión fue asumida en ejercicio del derecho a su jurisdicción; por tanto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en este conflicto jurisdiccional de competencias, establece que concurre el ámbito personal de competencia, ya que la comunidad de Zongo, excepcionalmente administra justicia con relación a personas que no son miembros de la comunidad, cuando el hecho que genera el conflicto haya ocurrido en el territorio de su jurisdicción o cuando se trate de personas que cuentan con terrenos en sus comunidades, aspectos que se verifican en el caso concreto; asimismo, se cumple el ámbito de vigencia material ya que los hechos por los cuales se inició el proceso penal emergen de una decisión que se encuentra dentro de los asuntos que de acuerdo a la DCP 006/2013 son conocidos y resueltos por la jurisdicción indígena originaria campesina de Zongo. Finalmente, también se cumple con el ámbito de competencia territorial ya que los supuestos ilícitos denunciados ante el Ministerio Público surte efectos y atinge a las comunidades de Zongo.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Ordena a las autoridades de la Central Agraria Campesina del sector Zongo y la Federeción Departamental Única de Trabajadores Indígena Originario Campesino de la Provincia Murillo informen en el plazo de tres meses al Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la Unidad de Coordinación del Tribunal Constitucional Plurinacional del departamento de La Paz sobre el diálogo ordenado con José Oscar Bellota Cornejo.

Sintesis del caso

En el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado por autoridades de la Jurisdicción Campesina de Zongo ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, se conflicto la competencia porque los hechos que se discuten en este proceso vinculados con los presuntos delitos de robo agravado, daño calificado, asociación delictuosa, allanamiento de domicilio, amenazas y lesiones, emergen de decisiones propias de la comunidad cuya definición y ejecución es de competencia exclusiva de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina de Zongo. El Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, rechazó la excepción de incompetencia presentada y dispuso la detención preventiva de los procesados y una vez conflictuada la competencia y remitidos los antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional, esta instancia, declaró competente a las autoridades indígena originario campesinas de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina de Zongo, para conocer y resolver el asunto planteado a través de sus instancias y procedimientos propios y dispuso que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, se inhiba del conocimiento del proceso y remita antecedentes a las autoridades de la Central Agraria Campesina del sector Zongo y la Federación Departamental Única de Trabajadores Indígena Originario Campesinos de la Provincia Murillo. Asimismo, se ordena que las autoridades de la Central Agraria Campesina del sector Zongo y la Federación Departamental Única de Trabajadores Indígena Originario Campesino de la provincia Murillo, retomen el diálogo y resolución final del conflicto con José Oscar Bellota Cornejo, para que retome la armonía y el equilibrio en las comunidades de Zongo e informen a este Tribunal, a través de la Unidad de Coordinación del Tribunal Constitucional Plurinacional del Departamento de La Paz, en el plazo de tres meses, sin perjuicio de las visitas que este Tribunal pueda ordenar a través de la Unidad de Descolonización. Asimismo, se dispuso que la Unidad de Descolonización del Tribunal Constitucional Plurinacional realice la traducción de la sentencia al aymara. Las razones de la sentencia fueron las siguientes: Que José Oscar Bellota Cornejo fue expulsado de la Comunidad, decisión que emergió de la aplicación de las normas y procedimientos de la Central Agraria y Campesina del Sector de Zongo y que tal como lo estableció el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la Declaración Constitucional Plurinacional 0006/2013, en un análisis de la temática desde el modelo constitucional vigente, se determinó la aplicabilidad de la decisión comunal de expulsión y desalojo y se estableció además que esta decisión fue asumida en ejercicio del derecho a su jurisdicción; por tanto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en este conflicto jurisdiccional de competencias, establece que concurre el ámbito personal de competencia, ya que la comunidad de Zongo, excepcionalmente administra justicia con relación a personas que no son miembros de la comunidad, cuando el hecho que genera el conflicto haya ocurrido en el territorio de su jurisdicción o cuando se trate de personas que cuentan con terrenos en sus comunidades, aspectos que se verifican en el caso concreto; asimismo, se cumple el ámbito de vigencia material ya que los hechos por los cuales se inició el proceso penal emergen de una decisión que se encuentra dentro de los asuntos que de acuerdo a la DCP 006/2013 son conocidos y resueltos por la jurisdicción indígena originaria campesina de Zongo. Finalmente, también se cumple con el ámbito de competencia territorial ya que los supuestos ilícitos denunciados ante el Ministerio Público surte efectos y atinge a las comunidades de Zongo.

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