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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0921/2021-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 0921/2021-S3

El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la salud; toda vez que, habiéndose sometido a procedimiento abreviado, el 2 de febrero de 2018 fue condenado a la pena privativa de libertad de seis años por la comisión de...

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la salud; toda vez que, habiéndose sometido a procedimiento abreviado, el 2 de febrero de 2018 fue condenado a la pena privativa de libertad de seis años por la comisión del delito de abuso sexual; es así que, el 24 de julio del citado año, formuló ante la Jueza accionada incidente de redención de la pena, por lo que se ofició al Director del Centro Penitenciario Palmasola del departamento de Santa Cruz, para que remita certificación de permanencia y conducta del impetrante de tutela, disposición que fue cumplida por dicha autoridad administrativa el 10 de septiembre del referido año, razón por la que la autoridad judicial accionada debió emitir Resolución de redención y nuevo cómputo de la pena, pero -al no obrar se esa forma- tuvo que reiterar la aplicación del citado beneficio penitenciario en dos oportunidades, siendo el último memorial presentado el 22 de mayo de 2020, que hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa, no fue resuelto ni tramitado conforme corresponde, ocasionándole un grave perjuicio a su derecho constitucional a la libertad.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Se denegó la tutela, al no concurrir los dos presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional para tutelar el debido proceso vía acción de libertad.

Sintesis del caso

El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la salud; toda vez que, habiéndose sometido a procedimiento abreviado, el 2 de febrero de 2018 fue condenado a la pena privativa de libertad de seis años por la comisión del delito de abuso sexual; es así que, el 24 de julio del citado año, formuló ante la Jueza accionada incidente de redención de la pena, por lo que se ofició al Director del Centro Penitenciario Palmasola del departamento de Santa Cruz, para que remita certificación de permanencia y conducta del impetrante de tutela, disposición que fue cumplida por dicha autoridad administrativa el 10 de septiembre del referido año, razón por la que la autoridad judicial accionada debió emitir Resolución de redención y nuevo cómputo de la pena, pero -al no obrar se esa forma- tuvo que reiterar la aplicación del citado beneficio penitenciario en dos oportunidades, siendo el último memorial presentado el 22 de mayo de 2020, que hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa, no fue resuelto ni tramitado conforme corresponde, ocasionándole un grave perjuicio a su derecho constitucional a la libertad.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional0921/2021-S3Fuente oficial