Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de amparo constitucional, el accionante sostuvo que pese a tener su derecho legalmente inscrito en derechos reales y la aprobación del plano de urbanización por parte del Gobierno Municipal de Puerto Quijarro, un grupo de personas entre las que se encuentran la notaria de fe publica, concejales y los particulares demandados, avasalló de manera arbitraria sus predios, lesionando su derecho a la propiedad, dirigiendo su acción además “contra todos los que se encuentran en el interior de los citados terrenos cuyos nombres han sido imposible conocer” (sic), solicitando se ordene la inmediata desocupación y entrega de los terrenos avasallados. El Tribunal Constitucional Plurinacional aprobó en parte la resolución revisada, analizando previamente los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional en vías de hecho, y aplicando la flexibilización excepcional de la legitimación pasiva, concedieron la tutela con relación a las personas no identificadas en la acción que están en posesión ilegal del inmueble de propiedad del accionante según títulos, puesto que respecto a la superficie restante del predio existen derechos controvertidos que deben ser dilucidados en la vía ordinaria; por otra parte, denegó la tutela con relación a la Notaria de Fe Pública, a los concejales y particulares demandados, al no existir ninguna evidencia que establezca la relación entre estas personas y el acto lesivo.
Sintesis de la ratio decidendi
Mostrando 3 de 6 parrafos.