Texto del fallo
Sintesis del caso
En una acción de libertad, el representante del accionante alegó que las autoridades y funcionarios policiales demandados vulneraron sus derechos a la libertad, a la presunción de inocencia y al trabajo, por cuanto fue detenido y la “Comandante” de la Brigada ordenó que fuera conducido a la Brigada de Protección a la Familia; todo por haber reclamado el derecho que tenía su cliente a ser defendida y entrevistarse con su abogado; por lo que solicitó se le conceda la tutela, se cumpla el art. 110 de la CPE, y adicionalmente en audiencia, pidió la calificación de costas en Bs10 000.- (diez mil bolivianos). El Tribunal Constitucional Plurinacional, confirmó la resolución revisada y denegó la tutela solicitada en el fondo, y determinó que en virtud al principio de informalismo que rige la acción de libertad, es posible producir declaraciones testificales como prueba en la audiencia pública y que en ese sentido, existen declaraciones testificales producidas en audiencia, que establecen que existen mutuas acusaciones entre las partes, que deberán resueltos en la vía ordinaria y que no pueden ser analizados en la presente acción.
Sintesis de la ratio decidendi
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