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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

1175/2013

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 1175/2013

Deniega la acción de libertad por falta de legitimación pasiva por cuanto el accionante dirigió la acción de libertad contra la representante del Ministerio Público en lugar de hacerlo contra el Juez Segundo de Sentencia Penal que sería la autoridad que supuestamente restringió los derechos del acci...

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis de la ratio decidendi

Deniega la acción de libertad por falta de legitimación pasiva por cuanto el accionante dirigió la acción de libertad contra la representante del Ministerio Público en lugar de hacerlo contra el Juez Segundo de Sentencia Penal que sería la autoridad que supuestamente restringió los derechos del accionante.

Extracto de la ratio decidendi

FJ. III.4 "De la documentación que informa los antecedentes del expediente se establece que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante, por la presunta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, el Juez Segundo de Sentencia Penal, dictó Resolución condenatoria 01/2013 de 15 de febrero, condenándolo a la pena privativa de libertad de seis años y cuatro meses, por haber cometido el delito de tráfico de sustancias controladas en grado de complicidad; determinación, recurrida en apelación restringida por la representante del Ministerio Público el 9 de abril del citado año. De ese contexto, refiere el accionante como presuntos actos lesivos a su derecho a la libertad, la inexistencia de sentencia ejecutoriada en su contra, la no consideración de las circunstancias de cómo ocurrieron los hechos que motivaron su privación de libertad y no valoración de la prueba presentada, como la declaración del principal imputado que dijo ser el único responsable del transporte de las sustancias controladas; empero, se trata de actos que no atañen a la representante del Ministerio Público, ahora demandada, dado que no efectuó la compulsa o valoración de los mismos sino el órgano jurisdiccional, en este caso al Juez Segundo de Sentencia Penal, contra quien no se dirigió la presente acción. En ese entendido, corresponde denegar la tutela solicitada sin efectuar análisis alguno respecto del problema jurídico planteado, por existir falta de legitimación pasiva en la Fiscal de Materia demandada."

Texto de la resolucion

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2013

Sucre, 30 de julio de 2013

SALA PRIMERA ESPECIALIZADA

Magistrado Relator: Efren Choque Capuma

Acción de libertad

Expediente: 03350-2013-07-AL

Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 014/2013 de 18 de abril, cursante de fs. 44 a 49, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Víctor Villarroel Fernández contra Sara Nancy Villarroel Bustios, Fiscal de Material.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 17 de abril de 2013, cursante de fs. 6 y vta., el accionante expone lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal instaurado por el Ministerio Público en su contra y otros, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, se encuentra detenido y privado de su libertad por más de dos años, sin haberse tomado en cuenta las circunstancias en la que fue privado de su libertad ni las pruebas que presentó, tampoco el estado de su esposa que se encuentra con parálisis usando silla de ruedas.

A la fecha, no existe una sentencia ejecutoriada y tampoco fue liberado de culpa pese a la abundante prueba de descargo que presentó, como la declaración del principal imputado quien se incriminó como único responsable y conocedor que en la camioneta se había camuflado sustancias controladas.

I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulneradosEl accionante alega la vulneración al derecho de libertad, sin señalar norma constitucional alguna.

I.1.3. Petitorio

Solicita se conceda la tutela.

I.2 Audiencia y Resolución del Juez de garantías

En audiencia pública de 18 de abril de 2013, según acta cursante de fs. 42 a 43, no asistieron la demandada y el representante del Ministerio Público, donde produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogada a tiempo de reiterar su solicitud de tutela, aclara que fue condenado a seis años y cuatro meses por fallo emanado del Juzgado Segundo de Sentencia Penal, solicitando “la ejecutoria de la sentencia”.

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Sara Nancy Villarroel Bustios, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, mediante memorial cursante de fs. 32 a 35, informó que pronunciada la resolución condenatoria contra los imputados dentro del proceso penal seguido por los delitos de tráfico de sustancias controladas, el Ministerio Público interpuso recursos de apelación restringida por error en la aplicación de la Ley Penal, así como errónea aplicación de la norma procesal; en cualquier caso, solicita denegar la solicitud interpuesta porque la vida del accionante no está en peligro, no se encuentra perseguido ilegalmente ni procesado indebidamente.

I.2.3. Resolución

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 014/2013 de 18 de abril, cursante de fs. 44 a 49, por el cual deniega la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El 7 de febrero de 2011, fueron legalmente aprehendidos en flagrancia el accionante y otros, por transportar sustancias controladas que se encontraron en el interior de un vehículo y su caso estuvo a cargo de un juez instructor; b) El proceso fue sustanciado en el Juzgado Segundo de Sentencia Penal y se encuentra con Resolución condenatoria 01/2013 de 15 de febrero; c) La autoridad ahora demandada, remitió informe indicando que interpuso apelación restringida y ahora se encuentra ante el superior en grado pendiente de resolución; y, d) El accionante, no demostró qué derechos se habrían vulnerado, indicando sólo haber sido indebidamente procesado y sentenciado, toda vez que.II. CONCLUSIONES

Efectuada la debida revisión y compulsa de los antecedentes, se llega a las siguientes conclusiones:

II.1. El 15 de febrero de 2013, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Víctor Villarroel Fernández -ahora accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, el Juez Segundo de Sentencia Penal, dictó Resolución condenatoria 01/2013 de 15 de febrero, contra el accionante por el delito de transporte de sustancias controladas en grado de complicidad privándolo de libertad por seis años y cuatro meses (fs. 10 a 21 vta.).

II.2. El 9 de abril de 2013, Sara Nancy Villarroel Bustios, Fiscal de Materia -ahora demandada-, interpone recurso de apelación restringida por errónea aplicación de la ley y defectos del fallo, tramitándose y pendiente de resolución (fs. 22 a 31).

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, toda vez que aduce estar ilegalmente detenido por más de dos años, sin que exista resolución ejecutoriada y sin que se hubiera demostrado su culpabilidad.

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Ratio decidendi

Deniega la acción de libertad por falta de legitimación pasiva por cuanto el accionante dirigió la acción de libertad contra la representante del Ministerio Público en lugar de hacerlo contra el Juez Segundo de Sentencia Penal que sería la autoridad que supuestamente restringió los derechos del accionante.

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Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional1175/2013Fuente oficial