Texto del fallo
Sintesis de la ratio decidendi
Se deniega la acción de libertad por subsidiariedad excepcional, siendo que los accionantes en torno a la determinación de su detención de su detención preventiva dispuesta en audiencia de aplicación de medidas cautelares, sin hacer la mínima diferenciación e individualización de la conducta de cada procesado, así como el cuestionamiento del rechazo de la solicitud de la detención preventiva del ahora accionante con el único fundamento de no haber desvirtuado todos los riesgos procesales; son reclamaciones que debieron haberse realizado a través del recurso de apelación incidental, que es el mecanismo de defensa intraprocesal idóneo y específico que el ordenamiento jurídico prevé para la protección y reparación de los derechos alegados como conculcados. Asimismo el Tribunal Constitucional Plurinacional en revisión, resuelve confirmar la resolución del tribunal de garantías. Y se llama la atención al juez de garantías a objeto de que en lo futuro imprima los plazos establecidos en el trámite procesal de esta acción.
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