Texto del fallo
Sintesis del caso
En una acción de amparo constitucional, el accionante denunció la vulneración de su derecho al trabajo, a la no discriminación, a la igualdad, a la “reserva legal” y al debido proceso en sus elementos al proceso previo y a la defensa, toda vez que: 1) La Comisión Evaluadora de Méritos, de manera ilegal, lo inhabilitó por excederse de las ciento veinte horas establecidas como límite máximo de postulación; 2) La mencionada Comisión rechazó su recurso de revocatoria, y 3) El Rector de la UMRPSFXCH, resolvió el recurso jerárquico confirmando su inhabilitación, fuera del plazo previsto en el art 67 de la LPA, por lo que se operó el silencio administrativo. El Tribunal Constitucional Plurinacional confirmó la resolución del tribunal de garantías que denegó la tutela, argumentando que el silencio administrativo positiva sólo pera cuando está expresamente previsto en las disposiciones reglamentarias especiales, y porque los demandados obraron conforme a las bases de la convocatoria pública a la que se sujetaron todos los postulantes, la misma que no fue impugnada en su oportunidad por el accionante en cuanto a los requisitos habilitantes.
Sintesis de la ratio decidendi
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