Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de amparo, el accionante denunció la vulneración de sus derechos al acceso a la justicia, petición, a la tutela judicial pronta, oportuna, efectiva y sin dilaciones, por cuanto dentro del proceso ejecutivo que se sigue en su contra, planteó incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado por la autoridad jurisdiccional, decisión contra la que interpuso apelación incidental, instancia ante la cual, por su condición de persona de la tercera edad al contar con ochenta y un años de edad y existir una Resolución de Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, que autorizó el anticipo del sorteo y resolución de causas en las que estén involucradas personas de la tercera edad, como es su caso y quien solicitó se proceda al sorteo y resolución de su recurso de apelación, ante el inminente desapoderamiento de su vivienda y de su familia, petición que fue rechazada por los Vocales demandados, sin la debida fundamentación e incumpliendo la referida Resolución de Sala Plena, cuyo cumplimiento pide a través de esta acción tutelar. El Tribunal Constitucional Plurinacional, realizando una excepción a la subsidiariedad de la acción en caso de adultos mayores, confirmó en parte la resolución que concedió la tutela porque las autoridades demandas no otorgaron un trato preferente en la definición de la situación jurídica de su vivienda.
Sintesis de la ratio decidendi
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