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TCPJurisprudencia precedencial relevante

1631/2012

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 1631/2012

En esta acción de amparo, el accionante denunció la vulneración de sus derechos al acceso a la justicia, petición, a la tutela judicial pronta, oportuna, efectiva y sin dilaciones, por cuanto dentro del proceso ejecutivo que se sigue en su contra, planteó incidente de nulidad de obrados, que fue rec...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En esta acción de amparo, el accionante denunció la vulneración de sus derechos al acceso a la justicia, petición, a la tutela judicial pronta, oportuna, efectiva y sin dilaciones, por cuanto dentro del proceso ejecutivo que se sigue en su contra, planteó incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado por la autoridad jurisdiccional, decisión contra la que interpuso apelación incidental, instancia ante la cual, por su condición de persona de la tercera edad al contar con ochenta y un años de edad y existir una Resolución de Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, que autorizó el anticipo del sorteo y resolución de causas en las que estén involucradas personas de la tercera edad, como es su caso y quien solicitó se proceda al sorteo y resolución de su recurso de apelación, ante el inminente desapoderamiento de su vivienda y de su familia, petición que fue rechazada por los Vocales demandados, sin la debida fundamentación e incumpliendo la referida Resolución de Sala Plena, cuyo cumplimiento pide a través de esta acción tutelar. El Tribunal Constitucional Plurinacional, realizando una excepción a la subsidiariedad de la acción en caso de adultos mayores, confirmó en parte la resolución que concedió la tutela porque las autoridades demandas no otorgaron un trato preferente en la definición de la situación jurídica de su vivienda.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Se concede la acción de amparo porque las autoridades demandadas se negaron a dar curso a la solicitud del accionante de adelanto de sorteo para resolver el incidente de nulidad de obrados que planteó dentro de proceso ejecutivo en el que se ordenó el desapoderamiento de su vivienda.

Sintesis del caso

En esta acción de amparo, el accionante denunció la vulneración de sus derechos al acceso a la justicia, petición, a la tutela judicial pronta, oportuna, efectiva y sin dilaciones, por cuanto dentro del proceso ejecutivo que se sigue en su contra, planteó incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado por la autoridad jurisdiccional, decisión contra la que interpuso apelación incidental, instancia ante la cual, por su condición de persona de la tercera edad al contar con ochenta y un años de edad y existir una Resolución de Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, que autorizó el anticipo del sorteo y resolución de causas en las que estén involucradas personas de la tercera edad, como es su caso y quien solicitó se proceda al sorteo y resolución de su recurso de apelación, ante el inminente desapoderamiento de su vivienda y de su familia, petición que fue rechazada por los Vocales demandados, sin la debida fundamentación e incumpliendo la referida Resolución de Sala Plena, cuyo cumplimiento pide a través de esta acción tutelar. El Tribunal Constitucional Plurinacional, realizando una excepción a la subsidiariedad de la acción en caso de adultos mayores, confirmó en parte la resolución que concedió la tutela porque las autoridades demandas no otorgaron un trato preferente en la definición de la situación jurídica de su vivienda.

Descriptores

Fundadora
Tribunal Constitucional Plurinacional1631/2012Fuente oficial