Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de libertad se denunció la vulneración a los derechos a la libertad física, a la salud y a la vida, por las siguientes razones: a) Porque el Presidente del Tribunal Sexto de Sentencia Penal, en un uso abusivo de su condición de Juez, ordenó la detención de su abogado fuera de audiencia y por un supuesto “faltamiento a la autoridad”; y, b) Las autoridades judiciales demandadas dispusieron reponer una providencia que ordena al imputado a presentar un certificado domiciliario a su nombre, sin considerar que el mismo ya no habita en su hogar, por encontrarse detenido preventivamente por más de dos años, siendo por tanto dicha prueba de imposible cumplimiento; afectando con esto la posibilidad de hacer efectiva la medida de detención domiciliaria dispuesta a su favor. En base a estos hechos se pidió la concesión de tutela, la inmediata libertad del abogado del accionante, se anule la decisión emitida por las autoridades demandadas y se expida mandamiento de detención domiciliaria. El Tribunal Constitucional Plurinacional, confirmó en parte la resolución de la Jueza de Garantías y concedió totalmente la tutela indebida disponiendo lo siguiente: i) Con relación a la orden de arresto contra el abogado, al estar en libertad, se califiquen los respectivos daños y perjuicios; ii) dejó sin efecto el auto que repuso la orden de verificación de domicilio y la presentación de un certificado domiciliario a nombre del accionante, disponiendo que las autoridades demandadas impriman celeridad en la expedición del mandamiento de detención domiciliaria, en caso de no haberlo hecho hasta la emisión de esta sentencia constitucional; y, iii) que por Secretaría General, esta sentencia sea puesta en conocimiento de todas las autoridades jurisdiccionales en materia penal para una correcta aplicación del art. 339 del Código de Procedimiento Penal. El fallo tuvo los siguientes fundamentos: 1) Porque la autoridad demandada al ordenar el arresto del abogado que patrocina el proceso penal del accionante, por un aparente “faltamiento a la autoridad”, realizó un acto arbitrario que vulnera el derecho a la libertad, toda vez que la medida del arresto no cumple con los principios de reserva legal ni de proporcionalidad, arbitrariedad y que en el caso concreto fue más grave aún porque la medida de arresto fue dispuesta después de haber concluido la realización de la audiencia pública; 2) porque las autoridades demandadas al exigir al accionante la presentación de un certificado domiciliario a su nombre sin tener en cuenta su imposible cumplimiento porque el accionante se encontraba privado de libertad hace más de dos años, prolongaron indebidamente su detención preventiva, dilación contraria a la complementariedad que debe existir entre el principio de celeridad y los principios de justicia plural en la tramitación de solicitudes de sustitución de medidas cautelares.
Sintesis de la ratio decidendi
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