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TCPJurisprudencia precedencial relevante

1926/2012

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 1926/2012

En esta acción de libertad el accionante señala que dentro de un proceso penal se dispuso como medida cautelar la detención domiciliaria con escolta arraigo y fianza, ante lo cual interpuso recurso de apelación incidental por considerar la medida de imposible cumplimiento, señalándose audiencia para...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En esta acción de libertad el accionante señala que dentro de un proceso penal se dispuso como medida cautelar la detención domiciliaria con escolta arraigo y fianza, ante lo cual interpuso recurso de apelación incidental por considerar la medida de imposible cumplimiento, señalándose audiencia para su consideración el 11 del mismo mes, instalada esta se suspendió la audiencia alegando la autoridad accionada existencia de un recurso de apelación pendiente de resolución, por lo que el justiciable solicitó reposición del Auto de suspensión, ante lo cual de acuerdo a lo señalado por el accionante el Juez respondió sin ninguna fundamentación que lo manifestado por el abogado de la defensa no se adecuaba al procedimiento. El accionante considera que se han lesionados sus derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, y al “debido proceso”, por lo que peticionó se conceda la tutela, disponiendo la remisión de la apelación en el plazo de veinticuatro horas al “Tribunal Superior” y la modificación de la medida cautelar por otra de posible cumplimiento, el Tribunal Constitucional Plurinacional, aprobó la Resolución revisada que había concedido la tutela. Llamando la atención al Juez recurrido por la negligencia demostrada al omitir la remisión de los actuados de apelación al superior en grado remitiendo antecedentes al Consejo de la Magistratura.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Concede la acción de libertad de manera directa por cuanto la efectivización de la medida cautelar impuesta contra el accionante no es atribuible a éste sino a la Administración Pública.

Sintesis del caso

En esta acción de libertad el accionante señala que dentro de un proceso penal se dispuso como medida cautelar la detención domiciliaria con escolta arraigo y fianza, ante lo cual interpuso recurso de apelación incidental por considerar la medida de imposible cumplimiento, señalándose audiencia para su consideración el 11 del mismo mes, instalada esta se suspendió la audiencia alegando la autoridad accionada existencia de un recurso de apelación pendiente de resolución, por lo que el justiciable solicitó reposición del Auto de suspensión, ante lo cual de acuerdo a lo señalado por el accionante el Juez respondió sin ninguna fundamentación que lo manifestado por el abogado de la defensa no se adecuaba al procedimiento. El accionante considera que se han lesionados sus derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, y al “debido proceso”, por lo que peticionó se conceda la tutela, disponiendo la remisión de la apelación en el plazo de veinticuatro horas al “Tribunal Superior” y la modificación de la medida cautelar por otra de posible cumplimiento, el Tribunal Constitucional Plurinacional, aprobó la Resolución revisada que había concedido la tutela. Llamando la atención al Juez recurrido por la negligencia demostrada al omitir la remisión de los actuados de apelación al superior en grado remitiendo antecedentes al Consejo de la Magistratura.

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Tribunal Constitucional Plurinacional1926/2012Fuente oficial