Texto del fallo
Sintesis de la ratio decidendi
Deniega la acción de libertad con relación al derecho de petición, por cuanto respecto a la reiteradas solicitudes de faccionamiento de fotocopias legalizadas y desglose de documentación, si bien los actos reclamados por el accionante se encuentran dentro de la esfera del debido proceso, en la especie no se hallan vinculados a la restricción de goce del derecho a la libertad, correspondiendo en consecuencia su reclamación a través de otros medios judiciales y en caso de no efectivizarse, corresponderá su denuncia a través de la acción de amparo constitucional, por ser ésta la vía idónea para reclamar la supuesta infracción.
Extracto de la ratio decidendi
FJ. III.3 "Con respecto a la reiteradas solicitudes de faccionamiento de fotocopias legalizadas y desglose de documentación, si bien los actos reclamados por el accionante se encuentran dentro de la esfera del debido proceso, en la especie no se hallan vinculados a la restricción de goce del derecho a la libertad, correspondiendo en consecuencia su reclamación a través de otros medios judiciales y en caso de no efectivizarse, corresponderá su denuncia a través de la acción de amparo constitucional, por ser ésta la vía idónea para reclamar la supuesta infracción del derecho de petición".
Texto de la resolucion
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2008/2013
Sucre, 13 de noviembre de 2013
SALA TERCERA
Magistrada Relatora: Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños
Acción de libertad
Expediente: 04229-2013-09-AL
Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución “10/2012” de 19 de julio de 2013, cursante de fs. 12 a
13 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Franz
Menacho Heredia en representación sin mandato de Alejandro Soria
Galvarro Guzmán contra Primo Flores, Juez Decimocuarto de
Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 18 de julio de 2013, cursante a fs. 6 y vta., el
accionante, por intermedio de su representante, manifestó:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En reiteradas oportunidades el accionante solicitó al demandado le proporcione
copias legalizadas del acta de audiencia de medidas cautelares donde se le
impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, así como remitir el
cuadernillo procesal ante el Tribunal de alzada en mérito al recurso de
apelación planteado contra dicha resolución y desglose de documentación
presentada en audiencia cautelar y recusación de 13 de mayo de 2013, sin que
hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, el demandado
haya atendido sus pretensiones o dado cumplimiento a sus deberes,
incurriendo en retardación de justicia y lesión de los derechos de surepresentado.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante alega la vulneración del derecho de su defendido al debido proceso con relación a su libertad ambulatoria, sin citar la norma constitucional que lo contiene.
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela ordenando: a) La inmediata atención de todos los petitorios planteados en los diferentes escritos presentados por su defendido; b) La remisión del cuaderno procesal al tribunal de alzada, demostrándose cuándo fue remitido y qué Sala estaba de turno; y, c) Se determine calificación y efectivización de daños y perjuicios; sea con costas.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Celebrada la audiencia pública el 19 de julio de 2013, conforme consta del acta cursante a fs. 11, se produjeron los siguientes hechos.
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante no se hizo presente en audiencia pese a su legal notificación.
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