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TCPJurisprudencia precedencial relevante

2055/2012

Tribunal Constitucional Plurinacional

Ficha Jurisprudencial: SCP 2055/2012

En esta acción de inconstitucionalidad abstracta se demandó la inconstitucionalidad de los arts. 2, 3, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 17, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 62, 63, 64, 65, 68, 69, 71, 75, 77, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 88, 92, 94, 95, 96, 97, 98, 100, 120, 121 122, 123, 124, 128, 129, 130, 131, 132...

Proceso
Jurisprudencia precedencial relevante
Sala
TCP
Año

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Texto del fallo

Sintesis del caso

En esta acción de inconstitucionalidad abstracta se demandó la inconstitucionalidad de los arts. 2, 3, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 17, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 62, 63, 64, 65, 68, 69, 71, 75, 77, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 88, 92, 94, 95, 96, 97, 98, 100, 120, 121 122, 123, 124, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 140, 141, 144, y 145.2 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD), por ser supuestamente contrarios a los arts. 1, 12, 28, 116.I, 196, 202.2, 271, 272, 275, 277, 281, 283, 294, 297.I numerales 2, 3 y 4, 298.I numeral 20 y II numerales 17, 30, 33, 35, 36, 37, 299.I, 300.I, 302.I, 304.I y 411 de la Constitución Política del Estado. El Tribunal Constitucional Plurinacional declaró la inconstitucionalidad del art. 128.II de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ya que la suspensión temporal de la Máxima Autoridad Ejecutiva del Servicio Estatal de Autonomías como consecuencia de una acusación formal afecta la garantía del estado de inocencia, implica una sanción sin previo proceso y vulnera sus derechos al acceso a la función pública.

Sintesis de la ratio decidendi

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Ratio decidendi

Declara la inconstitucionalidad del art. 128.II de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ya que la suspensión temporal de la Máxima Autoridad Ejecutiva del Servicio Estatal de Autonomías como consecuencia de una acusación formal afecta la garantía del estado de inocencia, implica una sanción sin previo proceso y vulnera sus derechos al acceso a la función pública.

Sintesis del caso

En esta acción de inconstitucionalidad abstracta se demandó la inconstitucionalidad de los arts. 2, 3, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 17, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 62, 63, 64, 65, 68, 69, 71, 75, 77, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 88, 92, 94, 95, 96, 97, 98, 100, 120, 121 122, 123, 124, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 140, 141, 144, y 145.2 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD), por ser supuestamente contrarios a los arts. 1, 12, 28, 116.I, 196, 202.2, 271, 272, 275, 277, 281, 283, 294, 297.I numerales 2, 3 y 4, 298.I numeral 20 y II numerales 17, 30, 33, 35, 36, 37, 299.I, 300.I, 302.I, 304.I y 411 de la Constitución Política del Estado. El Tribunal Constitucional Plurinacional declaró la inconstitucionalidad del art. 128.II de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ya que la suspensión temporal de la Máxima Autoridad Ejecutiva del Servicio Estatal de Autonomías como consecuencia de una acusación formal afecta la garantía del estado de inocencia, implica una sanción sin previo proceso y vulnera sus derechos al acceso a la función pública.

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Tribunal Constitucional Plurinacional2055/2012Fuente oficial