Texto del fallo
Sintesis del caso
En esta acción de amparo constitucional, los accionantes alegaron que el Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Civil, vulneró sus derechos fundamentales al hábitat, a la vivienda, al debido proceso y a la defensa; toda vez que, dentro de un proceso ejecutivo en el que no fueron parte; y por tanto, nunca pudieron defenderse; emitió una orden de desapoderamiento en su contra para que desocupen el bien inmueble de su “propiedad”, pretendiendo que la Sentencia dictada en el referido juicio les alcance sin que previamente hubieran sido oídas y vencidas en un juicio; pidiendo: a) La anulación del juicio ejecutivo signado como 281/2010, radicado en el Juzgado Décimo Primero de Instrucción en lo Civil, incluyendo la Sentencia y los autos dictados por los Jueces de Partido en el referido proceso; y, b)Dejar sin efecto todas las órdenes de desapoderamiento y las conminatorias para desocupar su propiedad; restableciendo a sus personas el bien inmueble que les pertenece. El Tribunal Constitucional Plurinacional, aplicando el método ponderativo de argumentación revocó la resolución del tribunal de garantías y concedió la tutela con carácter provisional determinando la prevalencia del derecho a la vivienda sobre el derecho de acceso a la justicia Concede la acción de amparo aplicando el método de ponderación argumentativo entre el derecho a la vivienda vs. acceso a la justicia, otorgando tutela provisional mientras dure el proceso de usucapión ante mandamiento de desapoderamiento únicamente hasta que se dicte sentencia.
Sintesis de la ratio decidendi
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