Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente Nº 5/05
AUTO SUPREMO Nº 002 - Compulsa (Social) Sucre, 12 de enero de 2005.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Telefónica Celular de Bolivia S.A. c/ Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz.
RELATOR: MINISTRO DR.-Carlos Rocha Orosco.
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por Carlos Veintemillas Valdez en representación de TELEFONICA CELULAR DE BOLIVIA S.A., dentro del proceso social seguido por Laura Ruth Schneider contra la entidad recurrente, por cobro de beneficios sociales; y
CONSIDERANDO: Que mediante memorial de fs. 55 a 59 (del testimonio) se apersona Carlos Veintemillas Valdéz, en representación legal de TELEFONICA CELULAR DE BOLIVIA S.A., interponiendo recurso de compulsa contra la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, integrada por los Vocales Jorge Von Borries Méndez, Johnny Vaca Díez y Limberg Gutiérrez Carreño con el argumento de que el recurso de casación interpuesto de su parte fue tácitamente negado en forma indebida e ilegal, mediante Auto de fecha 22 de noviembre de 2004 por la que se declaró ejecutoriado el Auto de Vista Nº 485 de 27 de Octubre de 2004.
CONSIDERANDO: Que del análisis de los antecedentes presentados en testimonio, se desprende lo siguiente:
1) La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, mediante Auto de Vista cursante a fs. 1-3 de las fotocopias presentadas, confirma la sentencia dictada por el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz dentro del proceso laboral seguido por Laura Ruth Schneider contra TELECEL S.A.
2) La demandante, mediante memorial de fs. 7 (de las fotocopias) presentado a horas diecisiete con doce minutos del día dieciocho de noviembre, solicita se declare ejecutoriado en citado Auto de Vista por no haberse presentado recurso de casación por parte de la empresa demandada y estar vencido el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal del Trabajo, para hacerlo.
3) Por Auto de 22 de noviembre de 2004 (fs. 8 de las fotocopias), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, declara ejecutoriado el Auto de Vista Nº 485 de 27 de octubre de 2004.
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