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TSJ

AS/0002/2010

Tribunal Supremo de Justicia
5 de enero de 2010Penal IMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Sala
Penal I
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 2 Sucre, 5 de enero de 2010

DISTRITO: Chuquisaca

PARTES:Yamil Assad Nemer Abuawad

(Declara no haber lugar a la solicitud de explicación y complementación)

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Sucre, 5 de enero de 2010

VISTOS: La solicitud de explicación y complementación de Yamil Assad Nemer Abuawad de 23 de diciembre de 2009, con relación al Auto Supremo Nº 592 de 21 de diciembre de 2009, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: Que, Yamil Assad Nemer Abuawad mediante memorial de 23 de diciembre de 2009 y con relación al Auto Supremo N° 592 de 21 de diciembre de 2009, solicita la explicación y complementación, en los siguientes puntos:

l. La diferencia entre los términos "inhabilitación" y "descalificación" de la Resolución Suprema 216145, y porque no fueron aplicados.

2. Sí su memorial de 10 de septiembre de 2009 fue tomado en cuenta.

3. Sí el no miembro de la Comisión de Calificación tiene la misma responsabilidad y culpabilidad que los miembros.

4. Sí se tomó en cuenta el grado de participación y responsabilidad de los procesados.

5. El porqué y la norma que ampara la no existencia de pronunciamiento sobre la cuestión previa y de especial pronunciamiento.

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Criterio

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Datos del proceso

Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Enmienda complementación y aclaración / No ha lugar o no procede
Tribunal Supremo de Justicia5 de enero de 2010AS/0002/2010Fuente oficial