Texto del fallo
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº: 002/12
Fecha : Sucre, 12 de marzo de 2012.
Expediente Nº : 75/08
Distrito : Cochabamba
Partes : Ministerio Público c/ Carlos Nicéforo Bautista Crespo
Delito : Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado
Recurso : Casación
(Declara: Admisible)
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 447-450 interpuesto por el procesado Carlos Nicéforo Bautista Crespo, impugnando el Auto de Vista de fs. 436-438 de fecha 11 de marzo de 2008, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: Que, mediante Sentencia de Grado de fs. 401-405 pronunciada por el Tribunal de Sentencia Nº 3 del Distrito Judicial de Cochabamba en fecha 8 de mayo de 2.007, el procesado Carlos Nicéforo Bautista Crespo, es absuelto de pena y culpa de la comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, por cuanto el Ministerio Público no habría probado la Acusación conforme lo previsto por el art. 363 num. 1) del Código de Procedimiento Penal, disponiéndose además la cesación de todas las medidas cautelares personales.
Mostrando 11 de 22 parrafos.