Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 03-I Sucre 04 de enero de 2006
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público y otro c/ Edmundo Rodríguez
Maturano. Homicidio y otro.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 494 a 495 interpuesto por Edmundo Rodríguez Maturano impugnando el Auto de Vista Nº 264 de 27 de octubre de 2005 de fojas 474 a 475, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y otro contra el recurrente, por los delitos de homicidio y lesiones graves y gravísimas, previstos y sancionados por los artículos 20 con relación al 261 primera parte del Código Penal.
CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación para admitir el recurso de casación el mismo debe cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; en ese sentido, el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas con sentidos distintos en el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado.
Que, conforme se tiene establecido el recurrente al precisar el hecho objeto de la impugnación en el Auto de Vista debe identificar otro hecho similar en el precedente invocado; por otro lado, debe señalar la norma adjetiva o sustantiva aplicada con diverso alcance en el Auto de Vista cuestionado y el precedente invocado. Esta actividad procesal de comparación de hechos similares y de normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos debe cumplirse según prescribe el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal.
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