Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 4/2009
EXP. N°: 108/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: María Teresa Inés Soliz de Ergueta c/ la Superintendencia del Servicio Civil.
FECHA: 22 de enero de 2009
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por Maria Teresa Inés Solíz de Ergueta impugnando la Resolución Administrativa Nº SSC/IRJ/AR-011/2008 de 16 de enero de 2008 pronunciada el Superintendente General del Servicio Civil, el informe del Ministro Tramitador José Luís Baptista Morales ; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 35, emitida el 11 de marzo de 2008, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada y que a partir de esa fecha el demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN en el presente proceso por abandono.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
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