Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 5/2013
Sucre: 3 de enero.2013
Expediente: CB-111-12-S
Partes: Edelmira Pérez Velasco c/ Banco Solidario S.A.
Zenón Claudio Parra Santalla
Proceso: Nulidad de documento de crédito
Inhabilidad de poder y representación de los mandantes del Banco Solidario S.A.
Nulidad de gravamen
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 356 a 362 y vlta., de obrados, interpuesto por Edelmira Pérez Velasco de Navia contra el Auto de Vista Nº 82/2012 de 17 de abril 2012, cursante de fs. 309 a 310 y vlta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, dentro el proceso de nulidad de documento de crédito, inhabilidad de Poder y representación de los mandantes del Banco Solidario S.A. y nulidad de gravamen, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo-Cochabamba, mediante Sentencia de 6 de mayo 2011 de fs. 262 a 265 vlta., declaró improbada la demanda de fs. 27 y probada la excepción perentoria de falta de acción y derecho de fs. 117 a 119 asimismo en cuanto a los daños y perjuicios difería para averiguarse en ejecución de Sentencia.
Deducida la apelación por la recurrente, ésta fue remitida ante instancia competente, habiendo la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, mediante Auto de Vista Nº 82/2012 de 17 de abril 2012 confirmado la Sentencia apelada con la modificación de dejar sin efecto el tema de la averiguación de daños y perjuicios.
En conocimiento de la determinación adoptada por el Tribunal de Alzada, la demandante interpuso recurso de casación tanto en el fondo como en la forma, que al presente se pasa a considerar.
CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
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