Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO N° 05
Sucre, 12 de enero de 2022
Expediente : 26/2022 - S
Demandante : Arnold Vacaflor Llanos
Demandado : Empresa KRAK SRL
Materia : Beneficios sociales
Departamento : Chuquisaca
Magistrado relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 85 a 88, interpuesto por Iván Marcelo Dorado Arancibia, en representación de la empresa “KRAK” SRL, contra el Auto de Vista N° 643/2021 de 20 de septiembre de fs. 79 a 80, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Arnold Vacaflor Llanos contra la empresa recurrente; el Auto N° 03/2022 de 3 de enero de fs. 91, que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y,
I. CONSIDERACIONES LEGALES
El Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en la materia en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
Al presente, estando en vigencia plena el Código Procesal Civil (CPC-2013) -Ley 439 de 19 de noviembre de 2013-, que establece en su Disposición Abrogatoria Segunda, la abrogatoria del Código de Procedimiento Civil; por ello ahora, corresponde aplicar el art. 274 en relación al art. 277-I del citado Código, para realizar el examen de admisibilidad, respecto del recurso de casación objeto de análisis.
II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO
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