Texto del fallo
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N °8 Sucre, 7 de febrero de 2008. DISTRITO: Tarija PROCESO: Ordinario- Desistimiento PARTES: Francisco Camacho Hernández c/ Pascuala Sánchez Camino.
VISTOS: El memorial de desistimiento de fs. 331, presentado por Natividad Aramayo Hernández de Gareca en representación legal de Francisco Camacho Hernández, dentro del proceso ordinario de restablecimiento de servidumbre que sigue contra Pascuala Sánchez Camino, y
CONSIDERANDO: Que, Natividad Aramayo Hernández de Gareca en su condición de apoderada legal del demandante y recurrente Francisco Camacho Hernández, mediante memorial de fs. 331 se apersona y desiste del recurso de casación interpuesto a fs. 313 de obrados.
Que, presentado el desistimiento del recurso de casación, corresponde aplicar lo dispuesto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia de la señora Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco, de la Sala Social y Administrativa Primera, convocada al efecto, ACEPTA el desistimiento formulado a 331, con costas.
Al otrosí 1.- Téngase presente por el juez a quo.
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