Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0008/2012

Tribunal Supremo de Justicia
6 de febrero de 2012Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2012

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Auto Supremo Nº 8

Sucre, 06/02/2012

Expediente: 06/2012-S

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación de fs. 262-268, interpuesto por José Luís Sánchez Jiménez, representante legal de la empresa "BERTHIN CONSULTORIA SRL", contra el Auto de Vista Nº 181/11 de 22 de julio de 2011 (fs. 255), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social seguido por Karin Silvina Oporto Esteban y Jaime Marcelo Sánchez Dunn contra la empresa que representa el recurrente, el auto que concedió el recurso de fs. 273, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz en suplencia legal de su similar tercero, emitió la Sentencia Nº 29/2011 de 9 de abril de 2011 (fs. 226-227), declarando improbada la demanda de fs. 42-47, subsanada a fs. 51-53 y 54-55.

En grado de apelación formulada por Karina Silvina Oporto Esteban y Jaime Marcelo Sánchez Dunn (fs. 233-239), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 181/11 de 22 de Junio de 2011 (fs. 255), anulando la Sentencia Nº 29 de 9 de abril de 2011 de fs. 226-228, disponiendo que el juez a quo pronuncie una nueva en base a los contenidos expresados en el Auto de Vista.

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 262-268) interpuesto por José Luis Sánchez Jiménez, representante legal de la empresa "Berthín Consultoría SRL" en el que fundamentó que el tribunal de alzada desconoció la Sentencia justa que contiene decisiones expresas y positivas determinando claramente la inexistencia de relación laboral entre los actores y la empresa demandada. Asimismo, desconoció el análisis que efectuó el juez de primera instancia, quien cumplió con el artículo 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil (CPC) al emitir la Sentencia de 9 de abril de 2011, que además, se enmarca en lo determinado por el artículo 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT).

Asimismo el tribunal de alzada no tuvo en cuenta la naturaleza jurídica de la empresa Berthín Consultoría SRL, cuya prestación de servicios es la de consultoría bajo distintas modalidades y disciplinas, por ese motivo los actores tenían la condición de consultores y nunca sus actos estuvieron enmarados en los elementos que dan lugar a una relación laboral, al contrario sus servicios fueron de carácter civil inmersos dentro la figura del contrato de obra o de servicios previstos en el código civil, no estando obligada la empresa a realizar contratos de carácter laboral con los consultores, sino que las personas que decidan trabajar en Berthín Consultoría SRL, deberían sujetarse a la modalidad civil de contratación al estar protegida la empresa por los artículos 23 y 14-III de la Constitución Política del Estado (CPE), 454 del Código Civil (CC) y por la línea jurisprudencial de la Sentencia Constitucional 0067/2006-R de 19.01/2006, siendo evidente por ello la inexistencia de horas extraordinarias, bonos, primas, aguinaldo y vacaciones. Igualmente, el Auto de Vista que anuló la Sentencia carece de fundamentación y motivación, hecho que situó a la empresa en indefensión vulnerándose su derecho a la defensa consagrada en los artículos 115-II y 119-I de la Constitución Política del Estado.

Concluyó solicitando que este tribunal case en el fondo el Auto de Vista declarando probada su pretensión.

Mostrando 12 de 23 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Apelación / Resolución / Ilegal (Anulación de obrados)
Tribunal Supremo de Justicia6 de febrero de 2012AS/0008/2012Fuente oficial