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TSJ

AS/0009/2013-RA

Tribunal Supremo de Justicia
3 de febrero de 2013Penal IIMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Resoluciones Contrarias a la Constitución y las leyes y Prevaricato
Sala
Penal II
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 009/2013-RA

Sucre, 3 de febrero de 2013

Expediente : Pando 1/2013

Parte acusadora : Ministerio Público

Parte imputada : María Esther Caero Silva

Delitos : Resoluciones Contrarias a la Constitución y las leyes y Prevaricato

RESULTANDO

Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2012, cursante a fs. 26 y vta., María Esther Caero Silva, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de diciembre del mismo año, cursante de fs. 23 a 24, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes y Prevaricato, previstos y sancionados por los arts. 153 y 173 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Dentro del proceso penal seguido contra la recurrente, por Resolución de 17 de agosto de 2012 de fs. 1 vta., el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Cobija, en observancia del art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP) conminó al Fiscal de Distrito, la formulación de requerimiento conclusivo.

Por memorial presentado el 24 de agosto de 2012 de fs. 3 y vta., la recurrente solicitó el cumplimiento de la conminatoria y se declare la extinción de la acción penal por falta de presentación de requerimiento conclusivo; pedido que fue rechazado por Auto de 28 de agosto de 2012 de fs. 4, emitido por el Juez Cautelar, bajo el argumento de que el Ministerio Público formuló dentro del plazo de la conminatoria el requerimiento de acusación que cursa de fs. 5 a 9 de obrados.

Contra el Auto de 28 de agosto de 2012, la imputada, ahora recurrente, formuló recurso de apelación incidental a través del memorial de fs. 492 y vta., siendo confirmada la resolución apelada por Auto de Vista de 12 de diciembre de 2012, de fs. 22 a 23 de obrados, dictado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.

Notificada la recurrente el 14 de diciembre de 2012, conforme la diligencia cursante a fs. 24 de obrados, interpuso el recurso de casación el 18 del mismo mes y año, que es motivo de autos.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial que cursa a fs. 26 y vta., se extraen los siguientes motivos del recurso de casación:

La recurrente sostiene que interpuso el incidente de extinción de la acción penal en la etapa preparatoria, en razón a que conforme lo dispone el art. 130 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el día sábado es un día hábil; sin embargo, el Fiscal computó ese día como inhábil presentado la acusación fuera del plazo de los cinco días establecidos por Ley, por lo que no puede afirmarse que la acusación fue presentada dentro de plazo legal, como lo sostiene la resolución recurrida, vulnerando de ese modo el referido art. 130. Al efecto cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 46/2012 de 14 de marzo, que interpretando el art. 130 del CPP señaló que dicho cómputo comienza a correr "desde el día siguiente de la notificación, vence a las veinticuatro horas del último día hábil señalado. A tal efecto se computan sólo los días hábiles que en el caso de autos alcanzan a los correspondientes de lunes a sábado, sin computar los domingos, feriados ni los correspondientes a los suspendidos por la vacación judicial...".

Por lo expuesto, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista de 12 de diciembre de 2012, por haber interpretado y aplicado erróneamente el art. 130 del CPP, y se ordene se pronuncie nueva Resolución conforme a la doctrina legal aplicable, con costas y demás imposiciones de ley.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
María Esther Caero Silva
Proceso
Resoluciones Contrarias a la Constitución y las leyes y Prevaricato
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina
Tribunal Supremo de Justicia3 de febrero de 2013AS/0009/2013-RAFuente oficial