Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 9/2015
Sucre: 12 de enero 2015
Expediente: SC-156-14-S
Partes: María Esther Fernández Vda. de Claros, Carlos Fabián Claros Fernández,
Juan Pablo Claros Fernández y Claudia Renata Claros Fernández c/
María Mariela Ribera Sanguino
Proceso: Reivindicación
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 316 a 321, interpuesto por Danny Encarnación Cadario Eyzaguirre en representación de María Mariela Ribera Sanguino contra el Auto de Vista de 17 de julio de 2014, de fs. 256 y vlta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de reivindicación seguido por María Esther Fernández Vda. de Claros, Carlos Fabián Claros Fernández, Juna Pablo Claros Fernández y Claudia Renata Claros Fernández contra María Mariela Ribera Sanguino, la concesión de fs. 326, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Quinto en lo Civil y Comercial dictó Sentencia de 19 de marzo de 2014, cursante de fs. 234 a 237, declarando probada la demanda saliente de fs. 45 a 50, en cuanto a la acción de reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble. Se declara improbada la demanda reconvencional por usucapión y por consiguiente se dispone la desocupación del inmueble objeto de Litis a los demandantes dentro el plazo de 20 días bajo prevención de librarse mandamiento de desapoderamiento.
Resolución de fondo que es apelada por la parte demandada por escrito de fs. 242 a 245, y como consecuencia de ello se dicta el Auto de Vista de 17 de julio de 2014, de fs. 256 y vta., que confirma totalmente la Sentencia; determinación de alzada que es recurrida de casación en la forma que merece el presente análisis.
CONSIDERANDO II:
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