Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo N° 10
Sucre, 24 enero de 2020.
Expediente: N° 029/2020-S
Demandante: Julio Toledo Hugolina
Demandado: José López Cáceres
Proceso: Pago de Derechos y Beneficios Sociales.
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 240 a 242, interpuesto por José López Cáceres, contra el Auto de Vista N° 171/2019 de 19 de septiembre de 2019, cursante de fs, 236 a 237 vta., emitido por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de Santa Cruz, dentro del proceso social de pago de derechos y beneficios sociales, seguido a demanda de Julio Toledo Hugolina, contra José López Cáceres, la contestación de fs. 246 a 247 vta., de obrados, el Auto 227 de 19 de noviembre de 2019, de fs. 248, por el que se concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- CONSIDERACIONES LEGALES:
En la materia, es aplicable el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC- 1975), elevado a rango de Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT), que dispone: "Los aspectos no previstos en la presente ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral".
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