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TSJ

AS/0010/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
6 de enero de 2022Civil
Proceso
Demanda de devolución de dinero de contrato de compraventa de inmueble
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 10/2022-RA

Fecha: 06 de enero de 2022

Expediente: SC-4-22-S.

Partes: María Vivian Hinojosa Coronel c/ Miguel Antony Cavero Mercado y Regina

Adriana Jaldin de Cavero.

Proceso: Demanda de devolución de dinero de contrato de compraventa de inmueble.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 322 a 327 vta. interpuesto por Miguel Antony Cavero Mercado y Regina Adriana Jaldin de Cavero, contra el Auto de Vista N° 49/2021 de 23 de agosto, cursante de fs. 314 a 317 vta., pronunciado por la Sala Cuarta Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de devolución de dinero de contrato de compraventa de inmueble seguido por María Vivian Hinojosa Coronel contra los recurrentes, la contestación al recurso de casación de fs. 331 a 338 vta.; el Auto de concesión de 15 de noviembre de 2021 cursante a fs. 339, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 36 a 40 vta., María Vivian Hinojosa Coronel inició el proceso ordinario de devolución de dinero de contrato de compraventa de inmueble, contra Miguel Antony Cavero Mercado y Regina Adriana Jaldin de Cavero, quienes una vez citados, mediante memorial de fs. 95 a 101, contestaron negativamente a la demanda y plantearon reconvención por incumplimiento de contrato; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 16/2021 de 30 de marzo, de fs. 267 a 273 vta., en la cual el Juez Público Civil y Comercial 12° de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda de fs. 36 a 40 vta., e IMPROBADA la reconvención de fs. 95 a 101, sin lugar al pago de arras, y PROBADA en resolución, sin costas.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Miguel Antony Cavero Mercado y Regina Adriana Jaldin de Cavero mediante memorial de fs. 277 a 282, originó que la Sala Cuarta Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 49/2021 de 23 de agosto, cursante de fs. 314 a 317 vta., CONFIRMANDO la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Miguel Antony Cavero Mercado y Regina Adriana Jaldin de Cavero, según escrito de fs. 322 a 327 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

1. De la resolución impugnada.

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Datos del proceso

Demandante
María Vivian Hinojosa Coronel
Demandado
Miguel Antony Cavero Mercado y Regina
Proceso
Demanda de devolución de dinero de contrato de compraventa de inmueble
Tribunal Supremo de Justicia6 de enero de 2022AS/0010/2022-RAFuente oficial