Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
AUTO SUPREMO No.011-Amparo Sucre, 06 de enero de 2001.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Oscar Rojas Rocabado c/ H. Alcaldía Municipal de La Paz.
RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.
VISTOS: En revisión la Resolución de fs. 76-77, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de La Paz, en el recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Oscar Rojas Rocabado contra Germán Monroy Chazarreta, Alcalde Municipal de la ciudad de La Paz y Lupe Andrade, Presidente del Concejo Municipal, el dictamen del Fiscal de Sala Suprema de fs. 83, los antecedentes y
CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de fs. 18-19 y celebrada la audiencia pública cuya acta cursa a fs. 70-73, se pronunció la Resolución de fs. 76-77 declarando Procedente el recurso, la misma que es objeto de revisión en virtud de lo dispuesto por el art. 3° de la Ley N° 1979 de 24 de mayo de 1999 y la Declaración Constitucional N° 001/00 de 12 de julio de 1999, emitida por el Tribunal Constitucional, en relación a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N° 1836 de 1° de abril de 1998, y la competencia de la Corte Suprema de Justicia para conocer los asuntos de puro derecho planteados antes del 1° de abril de 1999.
CONSIDERANDO: Que Oscar Rojas Rocabado recurre de Amparo contra las autoridades del municipio de la ciudad de La Paz, señalando que es propietario y poseedor de un lote de terreno ubicado en la zona de Koani, que no obstante de haber acreditado su derecho propietario dentro de un trámite municipal, en fecha 14 de julio de 1998 fue conminado por la Alcaldía a desalojar el inmueble en el plazo de 48 horas, bajo el argumento de que el referido lote sería de propiedad municipal. De acuerdo al informe prestado por los apoderados de las autoridades recurridas, la propiedad objeto del reclamo estaría comprendida en terrenos municipales de extensión mayor que se hallan debidamente registrados, que el recurrente obtuvo irregularmente sus títulos y que no se agotaron las instancias administrativas para hacer viable el uso del recurso de Amparo.
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