Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 11/2009
EXP. N°: 91/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Industrias Venado S.A. contra el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual.
FECHA: 22 de enero de 2009
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por Eduardo Rocha Cabrera, Ana María Tapia Pérez y Miguel Ángel Portugal Beramendi, en representación legal de Industrias Venado S.A., por la que impugnan la Resolución Administrativa Nº J-39/07 de 13 de septiembre de 2007 pronunciada por la Directora Nacional del SENAPI, el informe del Ministro Semanero doctor Hugo R. Suárez Calbimonte; y
CONSIDERANDO: Que admitida la demanda con providencia de 19 de febrero de 2008, se dispuso la citación de la autoridad demandada; dicho proveído fue notificado a la empresa demandante el 22 de febrero del año en curso; sin que a partir de esa fecha se apersonara a proveer los recaudos correspondientes instando así la prosecución del proceso; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN en el presente proceso por abandono.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
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