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TSJ

AS/0012/2006

Tribunal Supremo de Justicia
11 de enero de 2006Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 12 Sucre 11 de enero de 2006

DISTRITO : La Paz

PARTES : Ministerio Público y otros c/ Alfredo Benito Huanca y

otros. Peculado y otros.

MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 1430 a 1437 interpuesto por Alfredo Benito Huanca impugnando el Auto de Vista Nº 244 de 11 de octubre de 2004 y auto complementario de fecha 11 de junio de 2005 de fojas 1343 a 1345, 1415, respectivamente, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y otros contra el recurrente y otros, por los delitos de peculado, cohecho pasivo propio, uso indebido de influencias, encubrimiento y concusión previstos y sancionados por los artículos 142, 145, 146, 151 y 171 del Código Penal.

CONSIDERANDO:el Tribunal de Sentencia de la Provincia Caranavi del Distrito Judicial de La Paz falló declarando a Alfredo Benito Huanca autor de los delitos de peculado, uso indebido de influencias y encubrimiento, previstos en los artículos 142, 146 y 171 del Código Penal, condenándolo a diez años de presidio a cumplir en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, más daños y perjuicios calificables en ejecución de sentencia, fijando costas a favor del Estado en Bs. 800. Por otro lado, le declara absuelto por los delitos de cohecho pasivo y concusión incursos en los artículos 145 y 151 del Código Penal. La sentencia mencionada fue apelada y resuelta por el Auto de Vista de fojas 1343 a 1345 declarando improcedente el recurso y confirmando la sentencia de fojas 567 a 579 excluyendo de la conducta del encausado el tipo penal de encubrimiento incurso en el artículo 171 del C.P.P.; el auto indica fue recurrido de casación, y resuelto por el Auto Supremo de fojas 1408 a 1409 que declaró sin efecto el Auto Complementario a fojas 1349. El Tribunal de Apelación dictó nuevo Auto complementario a fojas 1415 declarando no haber lugar a la complementación y enmienda solicitada; contra dicho auto complementario y el Auto de Vista mencionado se recurrió de casación admitiéndoselo por Auto Supremo de fojas 1443 a 1444.

CONSIDERANDO: que el recurrente impugna el Auto de Vista de fojas 1343 a 1345 y el Auto Complementario de fojas 1415, manifestando: 1) que el auto Nº 244/04 no advirtió el plazo ni el recurso a interponerse; 2) que no le fue entregado el Auto de Vista Nº 244/04, ni fue notificado con el Auto Complementario de 11 de junio de 1005; 3) que el Auto complementario no lleva fundamento; 4) que existe error en la individualización de las partes; 5) que el auto recurrido se refiere al artículo 360 numerales 1), 3), 4), 6) del C.P.P., mientras que la apelación restringida se refiere al artículo 370 numerales 1), 3), 4), 5) y 6) del indicado Código; 6) que los documentos y objetos secuestrados fueron obtenidos por medios ilícitos e incorporados al juicio; 7) que el único Juez Técnico, según el recurrente se convierte en Juez Unipersonal y al ser recusado este último no ha cumplido con el trámite pertinente; 8) que la resolución recurrida anula ilegalmente un tipo penal que influyó en la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia; 9) que el recurrente fue sancionado por diez años y no por dos, violando así la norma sustantiva; 10) que el Tribunal de Alzada no tomó en cuenta las atenuantes especiales y generales para la imposición de la sentencia; y, 11) que no se valoró la prueba, violándose el debido proceso.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otros
Demandado
Alfredo Benito Huanca y
Tribunal Supremo de Justicia11 de enero de 2006AS/0012/2006Fuente oficial