Texto del fallo
S A L A C I V I L
Auto Supremo: Nº 12 Sucre: 18 de Enero de 2011.
Expediente: Nº 127 - 06 - S.
Partes: Herman Gabriel Camacho Cuellar c/ Amadeu Da Silva Ribeiro
Distrito:Santa Cruz.
Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica.
VISTOS:El recurso de casación de fs. 338 a 339 interpuesto por Herman Gabriel Camacho Cuellar, ratificado de fs. 343, contra el Auto de Vista Nº 250 de 14 de abril de 2006, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso sobre nulidad de transferencia, nulidad de inscripción en Derechos Reales y restitución de derecho propietario, seguido por el recurrente, contra Amadeu Da Silva Ribeiro y Mirian Gutiérrez Salvatierra, el Auto de concesión de fs. 344 vlta., los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO:Que, el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz (en suplencia legal) pronunció la Sentencia Nº 3 de 14 de enero de 2005 (fs. 68 a 70), declarando probada la demanda, en cuyo merito nula la transferencia efectuada por Amadeu Da Silva Ribeiro, a favor de Mirian Gutiérrez Salvatierra, del inmueble en litigio, nulo el derecho propietario de la misma registrado bajo la Matricula Nº 7011990001641 y se restituya el derecho propietario de Herman Gabriel Camacho Cuellar, con costas.
En grado de apelación, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 250 de 14 de abril de 2006 (fs. 334 a 335), anula obrados hasta fs. 31 inclusive; enmendado por Auto de fs. 342 y vlta.
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